Descargar PDF Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 15 Lunes, 23 de enero de 2012 Pág. 3520

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña

EDICTO (1121/2010).

Eduardo José Castaño Barreiro, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 1121/2010 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Mercedes Dosinda Souto Martínez contra la empresa Confecciones Teruca, S.L., sobre ordinario, se ha dictado sentencia cuyo fallo se adjunta:

«Fallo que estimando, en parte, la demanda interpuesta por María Dosinda Souto Martínez, con DNI 32451516B, contra la empresa Confecciones Teruca, S.L., debo declarar y declaro haber lugar parcialmente a ella, condenando a la entidad demandada a que le abone a la actora la suma de 2.879,79 euros.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándolo mediante escrito o comparecencia ante este juzgado en el plazo de cinco días contados a partir del siguiente a su notificación. De ser recurrente, la empresa demandada deberá acreditar mediante la exhibición ante este juzgado el resguardo acreditativo de depositar la cantidad objeto de condena (clave de ingreso 1531-60) en la cuenta de este juzgado, abierta en Banesto, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en la cual se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista, debiendo acreditar también en la indicada cuenta (clave de ingreso 1531-34) la consignación de la suma de 150 euros preceptiva para recurrir, sin cuyo cumplimiento no se tendrá por anunciado el recurso.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Confecciones Teruca, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 20 de diciembre de 2011.

El secretario judicial
Rubricado