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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 15 Lunes, 23 de enero de 2012 Pág. 3514

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 2 de A Coruña

EDICTO (625/2010).

Carlota Fernández Ambrós, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 2 de A Coruña, doy fe y testimonio que en los autos de juicio ordinario tramitados por este juzgado bajo el número 625/2010, ha recaído sentencia cuya parte dispositiva y fallo disponen lo siguiente:

En A Coruña a 24 de noviembre de 2011. Vistos por M.ª Estefanía Cambón Rodríguez, magistrada-jueza del Juzgado de Primera Instancia número 2 de A Coruña, los autos de juicio ordinario n.º 625/2010, seguidos en virtud de demanda presentada por la procuradora de los tribunales Sra. Pita Urgoiti, en nombre y representación de Banco de Santander, S.A., bajo la dirección letrada de Jorge Castro Díaz, frente a Mauricio Gastón Mora Cueva, en situación procesal de rebeldía, vistos los siguientes:

«Fallo que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales Sra. Pita Urgoiti, en nombre y representación de Banco de Santander, S.A., frente a Mauricio Gastón Mora Cueva, en situación procesal de rebeldía, y debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de 10.319,70 euros, más los intereses de demora pactados al tipo del 25%, y devengados desde el 1.9.2009 y hasta el completo pago del principal. Todo ello con imposición al demandado de las costas causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación ante este tribunal dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente al de su notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458.1 y 2 de la LEC, en redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal). Asimismo, deberá acreditar haber consignado el depósito de 50 euros en la oportuna entidad de crédito y en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre del juzgado, conforme establece la disposición adicional decimoquinta de la Ley orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial».

Y para que conste y su notificación en la forma prevista en el artículo 497 de la LEC al demandado Mauricio Gastón Mora Cueva, cuyo actual paradero resulta ser desconocido, expido y firmo el presente edicto en A Coruña a 30 de noviembre de 2011.

La secretaria judicial