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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 9 Viernes, 13 de enero de 2012 Pág. 2228

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se determinan las titulaciones requeridas para la redacción de los proyectos técnicos exigidos en materia de inspección técnica de vehículos.

Antecedentes de hecho.

El Real decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos, establece en el artículo 7 entre la documentación a presentar, cuando así venga exigido por el Manual de Reformas de Vehículos: «proyecto técnico detallado de la reforma a efectuar y certificación final de obra en la que se indique que la misma se ha realizado según lo establecido en dicho proyecto, suscritos ambos por técnico titulado competente».

El artículo 3 del Real decreto 866/2010 contiene varias definiciones a los efectos previstos en este real decreto, si bien no define «técnico titulado competente». Es, pues, de interés para esta dirección general proporcionar seguridad jurídica a los agentes económicos regulando quien es técnico titulado competente para la redacción y firma de los proyectos técnicos a presentar en la tramitación de las reformas de vehículos.

Fundamentos de derecho.

La Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para resolver de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 324/2009, de 11 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria, y con lo dispuesto en el Decreto 205/1994, de 16 de junio, por el que se refunde la normativa vigente en materia de inspección técnica de vehículos.

De acuerdo con todo lo indicado,

RESUELVO:

Determinar las titulaciones de ingeniero o ingeniero técnico, como las requeridas para la redacción y firma de los proyectos técnicos a presentar en cualquiera de las Estaciones I.T.V. integradas dentro de la Red Gallega de Estaciones de Inspección Técnica de Vehículos, cuando así los exija la legislación aplicable.

Santiago de Compostela, 28 de diciembre de 2011.

Ángel Bernardo Tahoces
Director general de Industria, Energía y Minas