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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 9 Viernes, 13 de enero de 2012 Pág. 2225

III. Otras disposiciones

Consellería de Hacienda

ORDEN de 9 de enero de 2012 sobre delegación de competencias en la Secretaría General Técnica y del Patrimonio de la Consellería de Hacienda.

El artículo 4 del Decreto 307/2009, de 28 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda, dispone que a la Secretaría General Técnica y del Patrimonio le corresponden, entre otras, las competencias establecidas en el Decreto 119/1982, de 5 de octubre, así como aquellas que le sean encomendadas por delegación del titular de la consellería.

La actividad administrativa de la Consellería de Hacienda lleva consigo una concentración de funciones en su titular que aconseja, dado su volumen, recurrir a la delegación de competencias en la Secretaría General Técnica y del Patrimonio, sin olvidar el debido respeto a los principios que informan la actividad administrativa y que nuestra Constitución recoge en su artículo 103.1.º.

La delegación de competencias permite la agilización administrativa necesaria y redunda en beneficio tanto de la Administración como de los administrados, dentro del más riguroso respeto a las garantías jurídicas que la tutela de los intereses públicos exige.

En su virtud, haciendo uso de las facultades que me confieren los artículos 38, 43.3.º y 44 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, el artículo 6 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, y demás disposiciones de general aplicación,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se delegan en la Secretaría General Técnica y del Patrimonio las siguientes competencias:

a) El despacho y la resolución de aquellos expedientes y asuntos de índole administrativa que le estén atribuidos al titular de la consellería.

b) La autorización y disposición de los gastos generales de los servicios de la consellería, hasta el límite de los créditos autorizados y no reservados a la aprobación del Consello de la Xunta de Galicia y el reconocimiento de las obligaciones relativas a ellos, solicitando del órgano competente la ordenación de los pagos.

c) Las funciones que, como órgano de contratación, están atribuidas al titular de la consellería por la legislación vigente.

d) Las facultades que le corresponden a la conselleira en materia de personal de su consellería, en los términos establecidos en el artículo 17 del texto refundido de la Ley de función pública de Galicia aprobado por Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, y demás disposiciones en vigor en esa materia.

e) La designación de las comisiones de servicios, con derecho a indemnización, prevista en el artículo 4 del Decreto 144/2001, de 7 de junio, de todo el personal dependiente orgánicamente de la Consellería de Hacienda.

f) Las funciones que se derivan del ejercicio del protectorado de las fundaciones de interés gallego adscritas a esta consellería.

Se entiende comprendido en la delegación en la Secretaría General Técnica y del Patrimonio el ejercicio de la competencia para resolver los recursos de reposición que se interpongan contra las resoluciones que dicte en virtud de las facultades que se le delegan en esta orden.

Artículo 2.

Las resoluciones administrativas que se adopten haciendo uso de las delegaciones contenidas en esta orden harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por la autoridad que las confirió.

Artículo 3.

En cualquier momento, la conselleira podrá avocar el ejercicio de las competencias delegadas por esta orden, de las que quedan excluidas, en todo caso, las recogidas en el artículo 13.2.º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el artículo 6.4.º de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, y en el artículo 44.2.º de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia.

Disposición derogatoria.

Queda derogada la Orden de 27 de abril de 2009 sobre delegación de competencias en la Secretaría General y del Patrimonio de la Consellería de Hacienda y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta orden.

Disposición final.

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 9 de enero de 2012.

Elena Muñoz Fonteriz
Conselleira de Hacienda