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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 248 Jueves, 29 de diciembre de 2011 Pág. 38722

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

DECRETO 235/2011, de 2 de diciembre, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de obras de finalización de la red de saneamiento en Brandiz y A Cruz (Conforto) del ayuntamiento de A Pontenova.

El Ayuntamiento de A Pontenova, en sesión celebrada el día cinco de mayo de dos mil once, aprobó el proyecto de obras de finalización de la red de saneamiento en Brandiz y A Cruz (Conforto) y, en la misma sesión, acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

Dicho expediente tuvo entrada en la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, y el mismo contiene la justificación acreditativa de la motivación para la declaración de urgente ocupación.

El expediente fue tratado en la comisión de secretarios generales previa a su elevación al Consello de la Xunta de Galicia.

El expediente contiene la documentación a la que se refiere el artículo primero de la Orden de 7 de diciembre de 1983, sobre declaraciones de urgente ocupación, así como la exigida en el artículo 3 de la Ley 11/1996, de 27 de diciembre, de medidas de disciplina presupuestaria.

En consecuencia, se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, ya que, según señala el Ayuntamiento y el informe del técnico, los vecinos el núcleo de Conforto carecen del servicio de saneamiento público en todas las zonas debido a la dispersión de la población. Tal es el caso de las zonas conocidas como Brandiz y A Cruz, en las que se encuentran instaladas viviendas unifamiliares sin dicho servicio.

En fechas recientes se ejecutó uno de los tramos del saneamiento con una longitud de 830 metros lineales. Es por eso que se redacta el proyecto objeto de la expropiación para completar dicho tramo y la finalización de la red de saneamiento.

La urgencia viene motivada por tratarse de un servicio mínimo y obligatorio que el municipio de A Pontenova debe prestar a los ciudadanos a tenor de los establecido en el artículo 81.a) de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2.º y 28.2.º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día dos de diciembre de dos mil once,

DISPONGO:

Artículo único.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de obras de finalización de la red de saneamiento en Brandiz y A Cruz (Conforto) del ayuntamiento de A Pontenova, debiendo, en su caso, una vez ocupados los terrenos necesarios, obtener las autorizaciones que fueran necesarias de los organismos competentes, con carácter previo al inicio de las obras.

Santiago de Compostela, dos de diciembre de dos mil once.

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Alfonso Rueda Valenzuela
Conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia