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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 243 Jueves, 22 de diciembre de 2011 Pág. 37769

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (435/2011-F).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que la sentencia dictada el día 21.11.2011, en el proceso seguido a instancia de José Mena Suárez, Nuria Estraviz González, Guillermo Leira Piñeiro, Santiago Armas Castro, Daniel Rodríguez Casteleiro y Manuel Alen Ansede, contra Nueva Instaladora de Calefacción, S.L. y el Fogasa, en reclamación por despido, registrado con el n.º 435/2011-F, se ha acordado notificar a la empresa Nueva Instaladora de Calefacción, S.L., la siguiente sentencia cuyo encabezamiento y fallo dicen lo siguiente:

«Sentencia: 551/2011.

N.º de autos: despido/ceses en general 435/2011.

En la ciudad de A Coruña, 21 de noviembre de 2011.

Jorge Hay Alba, magistrado juez del Juzgado de lo Social número 2 del juzgado y localidad o provincia de A Coruña, tras haber visto los presentes autos sobre despido entre partes, de una, y como demandantes, José Mena Suárez, Nuria Estraviz González, Guillermo Leira Piñeiro, Santiago Armas Castro, Daniel Rodríguez Casteleiro y Manuel Alen Ansede, que comparecen asistidos del letrado Sr. Portela Torrón, y de otra, como demandados, Nueva Instaladora de Calefacción, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), que no comparecen pese a estar citados en forma.

Fallo que, estimando la demanda interpuesta por José Mena Suárez, Nuria Estraviz González, Guillermo Leira Piñeiro, Santiago Armas Castro, Daniel Rodríguez Casteleiro y Manuel Alen Ansede contra la empresa Nueva Instaladora de Calefacción, S.L., debo declarar y declaro improcedente el despido efectuado, condenando a la demandada a que, en el plazo de cinco días desde la fecha de la notificación de la sentencia, opte entre la readmisión inmediata de los demandantes, en las mismas condiciones que poseían con anterioridad, o el abono de la siguiente indemnización más, en ambos casos, el abono de los salarios de tramitación que se dirá desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente resolución:

José Mena Suárez, 32.565,72 euros más 49,34 euros por ST.

Nuria Estraviz González, 20.172,58 euros más 47,19 euros por ST.

Guillermo Leira Piñeiro, 73.058,58 euros más 57,98 euros por ST.

Santiago Armas Castro, 12.594,74 euros más 48,67 euros por ST.

Daniel Rodríguez Casteleiro, 16.245,39 euros más 48,67 euros por ST.

Manuel Alen Ansede, 11.388,30 euros más 9,04 euros por ST.

Notifíquese esta resolución a las partes a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días, a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita, deberán, al anunciar el recurso, entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en Banesto de esta ciudad.

E igualmente deberán, en el momento de interponer el recurso, consignar la suma de 150 euros en concepto de depósito especial para recurrir.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a la empresa Nueva Instaladora de Calefacción, S.L., en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 30 de noviembre de 2011.

La secretaria judicial