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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 226 Viernes, 25 de noviembre de 2011 Pág. 34853

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 21 de noviembre de 2011, de la Dirección General de Movilidad, por la que se convocan las pruebas de constatación de la cualificación inicial para conductor profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera que tendrán lugar en el año 2012.

La Directiva 2003/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2003, relativa a la cualificación inicial y a la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera, por la que se modifican el Reglamento (CEE) n.º 3820/85 del Consejo y la Directiva 91/439/CEE del Consejo, establece una nueva formación obligatoria para determinados conductores profesionales.

La formación obligatoria de los conductores se establece como algo diferente de la que actualmente existe para la obtención de los permisos de conducción a que se refiere la Directiva 91/439/CEE del Consejo, de 29 de julio de 1991, sobre el permiso de conducción, incorporada al ordenamiento interno por el Reglamento general de conductores, aprobado por el Real decreto 772/1997, de 30 de mayo. La nueva formación difiere de esta última tanto en su estructura como en su contenido y destinatarios. Por una parte, se establece una cualificación inicial que debe obtenerse con independencia del permiso de conducción y, por otra, una formación continua dirigida a mantener actualizados los conocimientos inicialmente exigidos. Las materias sobre las que se exigen conocimientos afectan fundamentalmente a la actividad de transporte a la que se dedican profesionalmente estos conductores.

En desarrollo de estas previsiones se dictó el Real decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, que en su capítulo VI (artículos 14 a 17), y en su anexo V, recoge la regulación de los exámenes para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial.

La convocatoria de estas pruebas corresponde a la Xunta de Galicia, en base a la delegación de competencias efectuada por la Ley orgánica 5/1987, de 30 de julio, de delegación de competencias del Estado en las comunidades autónomas en relación con los transportes por carretera y por cable.

El artículo 15 del referido Real decreto 1032/2007, de 20 de julio, establece que deberán convocarse exámenes por lo menos seis veces al año, pudiendo el órgano competente publicar una vez al año todas las convocatorias referidas a este, indicando los plazos de inscripción correspondientes a cada convocatoria.

En base a dichas previsiones se dictó la Orden de 19 de noviembre de 2009, de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, por la que se establecieron las bases y las reglas de desarrollo de las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia; en la que, al objeto de incidir en la transparencia de estos procesos, se incluyeron normas a tener en cuenta necesariamente por el tribunal designado para su celebración y evaluación.

En dicha norma se previó expresamente una habilitación a la persona titular de la Dirección General de Movilidad para llevar a cabo las sucesivas convocatorias de examen, con respeto a las premisas recogidas en la orden.

En su virtud, de conformidad con las previsiones contenidas en la Ley orgánica 5/1987, de 30 de julio, en la Directiva 2003/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2003, en el Real decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, y en la Orden de 19 de noviembre de 2009 de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras,

DISPONGO:

1. La presente resolución se dicta al amparo de la disposición décima de la Orden de 19 de noviembre de 2009 de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, por medio de la cual se habilita al titular de la Dirección General de Movilidad a dictar las convocatorias y calendarios de las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera, que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. Por lo expuesto, y con sometimiento a las bases previstas en la Orden de 19 de noviembre de 2009, de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, por la que se establecen las bases y las reglas de desenvolvimiento de las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia; se procede, por medio de la presente resolución, a convocar las pruebas a celebrar en el año 2012.

Convocatoria para el año 2012.

– Por medio de la presente resolución se convocan los procesos selectivos de las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera, que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia en el año 2012.

Se realizarán nueve convocatorias, que se desarrolla en los meses que a continuación se detallan, tanto para las categorías D1, D1 + E, D y D + E, como para las categorías C1, C1 + E, C y C + E.

– Las pruebas correspondientes a cada uno de los indicados procesos tendrán lugar, de conformidad con el siguiente calendario:

– Primera convocatoria: entre el 18 y el 29 de enero de 2012.

– Segunda convocatoria: entre el 29 de febrero y el 11 de marzo de 2012.

– Tercera convocatoria: entre el 11 y el 22 de abril de 2012.

– Cuarta convocatoria: entre el 23 de mayo y el 3 de junio de 2012.

– Quinta convocatoria: entre el 27 de junio y el 8 de julio de 2012.

– Sexta convocatoria: entre el 1 y el 12 de agosto de 2012.

– Séptima convocatoria: entre el 19 y el 30 de septiembre de 2012.

– Octava convocatoria: entre el 7 y el 18 de noviembre de 2012.

– Novena convocatoria: entre el 12 y el 23 de diciembre de 2012.

– El plazo de presentación de las solicitudes se abrirá con motivo de la convocatoria del primer examen, de acuerdo con lo previsto en la presente resolución; estableciéndose para las sucesivas convocatorias de examen un sistema de «convocatorias abiertas», el cual consistirá en la apertura automática de los plazos para la presentación de las solicitudes de examen, a partir del día siguiente al fijado, en la presente base, como día final para la presentación de las solicitudes de examen de la convocatoria inmediatamente anterior.

De este modo, la fecha prevista en la presente orden como de cierre de plazo de presentación de solicitudes de cada una de las convocatorias, funcionará al mismo tiempo como referencia para fijar el comienzo del cómputo del nuevo plazo para la siguiente convocatoria de examen, de conformidad con lo establecido en el siguiente calendario:

– Primera convocatoria, se abrirá un plazo de presentación de solicitudes que comprenderá del día 28 de noviembre de 2011 al 30 de diciembre de 2011, ambos inclusive.

– Segunda convocatoria, se abrirá un plazo de presentación de solicitudes que comprenderá del día 31 de diciembre de 2011 al 11 de febrero de 2012, ambos inclusive.

– Tercera convocatoria, se abrirá un plazo de presentación de solicitudes que comprenderá del día 12 de febrero al 26 de marzo de 2012, ambos inclusive.

–Cuarta convocatoria, se abrirá un plazo de presentación de solicitudes que comprenderá del día 27 de marzo al 28 de abril de 2012, ambos inclusive.

– Quinta convocatoria, se abrirá un plazo de presentación de solicitudes que comprenderá del día 29 de abril al 9 de junio de 2012, ambos inclusive.

– Sexta convocatoria, se abrirá un plazo de presentación de solicitudes que comprenderá del día 10 de junio al 14 de julio de 2012, ambos inclusive.

– Séptima convocatoria, se abrirá un plazo de presentación de solicitudes que comprenderá del día 15 de julio al 1 de septiembre de 2012, ambos inclusive.

– Octava convocatoria, se abrirá un plazo de presentación de solicitudes que comprenderá del día 2 de septiembre al 13 de octubre de 2012, ambos inclusive.

– Novena convocatoria, se abrirá un plazo de presentación de solicitudes que comprenderá del día 14 de octubre al 1 de diciembre de 2012, ambos inclusive.

De acuerdo con lo establecido en la Orden de 19 de noviembre de 2009, las solicitudes de participación en las pruebas podrán presentarse a) por vía telemática; b) en el Registro Auxiliar de la Dirección General de Movilidad (plaza de Europa, 5 A-2.ª planta. Área Central-As Fontiñas, 15707 Santiago de Compostela); o c) por alguno de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, dirigido a la Dirección General de Movilidad, incluida la presentación a través de la sed electrónica de la Xunta de Galicia, en la dirección http://www.xunta.es/sede-electronica.

Santiago de Compostela, 21 de noviembre de 2011.

Miguel Rodríguez Bugarín
Director general de Movilidad

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