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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 170 Martes, 6 de septiembre de 2011 Pág. 26394

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 5 de agosto de 2011 por la que se convoca el curso de técnico de medio ambiente 2011.

Conforme a los fines que le asigna a este centro la normativa que lo regula (Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Administración Pública, modificada por la Ley 10/1989, de 10 de julio), la EGAP convoca un curso de técnico de medio ambiente.

1. Objetivos.

La integración de la dimensión ambiental en la formación de técnicos, funcionarios y directivos al servicio de la Administración autonómica y local gallega, que desarrollen su actividad en el área de medio ambiente, con la finalidad de proporcionarles una formación teórico-práctica y adecuarla a las exigencias que demanda la sociedad actual, en aras de mejorar la gestión ambiental y poder contribuir a la protección y conservación ambiental de nuestra comunidad de cara a la sostenibilidad futura de Galicia. Se trata de formar a expertos con una visión global e integradora de la problemática ambiental en los múltiples sectores, desde la óptica de cualquiera de las administraciones públicas, en políticas ambientales, sin olvidar los aspectos que puedan ser de importancia para los profesionales liberales, directivos o gestores ambientales de empresa, bien del sector público o del privado.

2. Contenido.

El curso se estructura en los siguientes módulos:

– Sesión inaugural (4 horas).

– Módulo I: Introducción general, marco institucional, aspectos económicos y técnicos (12 horas).

– Módulo II: Herramientas de gestión ambiental (12 horas).

– Módulo III: Calidad del aire, modelo energético sostenible y lucha contra el cambio climático (10 horas).

– Módulo IV: Gestión de las aguas (10 horas).

– Módulo V: Gestión de los residuos y suelos (18 horas).

– Módulo VI: Gestión del medio natural y medio construido (16 horas).

– Módulo VII: Visitas prácticas (20 horas).

3. Plazas: 50.

4. Destinatarios.

4.1. El 60% de las plazas (30) tiene como destinatarios a los empleados/as públicos/as de las administraciones públicas de Galicia, tanto autonómica como local, y de las universidades del Sistema Universitario de Galicia que cumplan los siguientes requisitos:

Pertenecer al grupo A (subgrupos A1 y A2) del personal funcionario, o a los grupos I e II del personal laboral.

Este curso se valorará con 1 punto a aquellos/as alumnos/as que fuesen considerados aptos a la finalización del mismo y, por lo tanto, tengan derecho a certificado de aprovechamiento, siempre que cumplan los requisitos para la aplicación de lo establecido en la Resolución de 26 de octubre de 1994, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se establecen, de acuerdo con las comunidades autónomas, los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de formación y perfeccionamiento de Administración local, en cumplimiento de lo establecido en la orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994, de la Resolución de 30 de noviembre de 1994, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se corrigen errores de la Resolución de 26 de octubre de 1994, y conforme a lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal (DOG n.º 52, del 16 de marzo).

4.2. Podrán optar al 40% de las plazas (20), los profesionales que dispongan del título de doctorado, licenciatura, diplomatura, grado, arquitectura, ingeniería, arquitectura técnica o ingeniería técnica.

Se incluirá, también, en este grupo a todas las personas contratadas por las administraciones públicas (por ejemplo, contrato de servicios) que reúnan los requisitos del párrafo anterior y que no tengan la condición de empleados públicos.

Las plazas de cualquiera de los grupos que no sean cubiertas se acumularán a las del otro.

5. Pago de la matrícula.

5.1. El importe de la matrícula es de trescientos cincuenta euros (350 €) para todos aquellos solicitantes que cumplan las condiciones prescritas en el apartado 4.1 y que, además, en el desarrollo de su trabajo habitual realicen tareas que estén vinculadas directamente con el medio ambiente.

5.2. El importe de la matrícula es de setecientos euros (700 €) para los demás solicitantes.

El pago de la matricula deberá efectuarse dentro de los 5 días siguientes a la comunicación por parte de la EGAP de la aceptación del alumno en el curso.

6. Forma de pago.

La EGAP comunicará al alumnado admitido en el curso el plazo así como el modo para la formalización de la matrícula

La EGAP no procederá a la devolución de las cantidades abonadas en concepto de matrícula en el caso de renuncia o abandono unha vez iniciado el curso.

7. Incumplimiento de los plazos de pago.

Las personas matriculadas que no hagan efectivo el importe total de los derechos de inscripción dentro del plazo marcado perderán su condición de alumnos de este curso.

8. Plazo de inscripción y presentación de instancias.

El plazo de inscripción será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Para inscribirse, las personas interesadas deberán cubrir la instancia curricular que a ese efecto figurará en la página web de la EGAP, en la siguiente dirección: http://egap.xunta.es/cursoMedioambiente.

A las personas admitidas se les solicitará que presenten los siguientes documentos:

a) Si los peticionarios son empleados/as públicos/as:

– Certificado expedido por el/la responsable de personal del organismo de que dependa el/la solicitante en el que se indique la situación profesional de éste/a con indicación de las funciones que realiza y que estén relacionadas con el objeto del curso.

– Documentación acreditativa de los méritos incluidos en la instancia curricular.

b) Para el resto de los peticionarios:

– Original o copia debidamente cotejada de la titulación de doctorado, licenciatura, diplomatura, grado, arquitectura, ingeniería, arquitectura técnica o ingeniería técnica.

– Documentación acreditativa de los méritos incluidos en la instancia curricular.

Toda la documentación remitida por los solicitantes que no sea original tendrá que estar debidamente compulsada.

Podrá pedirse la aclaración en todo momento de los méritos presentados. Los méritos que se incluyan en la ficha curricular deberán estar convenientemente acreditados. La no presentación de los documentos acreditativos de los citados méritos dará lugar a la exclusión del curso del solicitante previamente seleccionado.

9. Criterios de selección.

Los participantes serán seleccionados por una comisión técnica independiente, designada al efecto, cuya composición será publicada en el portal web de la EGAP. La comisión seleccionará a los candidatos con discrecionalidad técnica e independencia con respecto a los órganos directivos de la EGAP.

Los criterios selectivos para la admisión en este curso serán los siguientes:

a) Si los solicitantes son empleados/as públicos/as:

Se dará prioridad a aquellos casos en que exista una relación directa entre las tareas que realiza el trabajador en el desempeño de su puesto de trabajo y las materias objeto de este curso, lo que se acreditará mediante las certificaciones y documentación curricular correspondientes. Además, se valorarán los siguientes méritos vinculados con la materia objeto de la convocatoria: cursos de medio ambiente (impartidos o realizados), experiencia profesional relacionada con el medio ambiente (independientemente, en su caso, de la derivada de su actual puesto de trabajo), publicaciones en la materia, etc.

En todo caso, esta convocatoria se regirá subsidiariamente por los criterios de participación en las actividades docentes de la EGAP (DOG n.º 7, del 10 de enero de 2008).

b) Si los solicitantes son profesionales no empleados públicos:

Se dará prioridad a aquellos solicitantes que acrediten documentalmente que su actividad profesional tiene relación directa con el medio ambiente y que, además, puedan demostrar, por medio de su currículo, una constatada experiencia en este campo. Se valorarán los siguientes méritos vinculados con la materia expresada: doctorado; cursos de medio ambiente; asistencia técnica a ayuntamientos y docencia en la materia.

La comisión podrá establecer cuotas para garantizar el carácter interdisciplinario e interadministrativo en los grupos de trabajo que se establezcan, de acuerdo con las solicitudes recibidas. Asimismo, resolverá las alegaciones y reclamaciones que se pudieran suscitar.

10. Publicación de la lista de seleccionados y plazo de presentación de alegaciones.

La lista de seleccionados se publicará en el tablón de anuncios y en la página web de la EGAP (http://egap.xunta.es). El plazo para la presentación de alegaciones será de tres días hábiles a partir de la fecha de publicación, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.6 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

11. Lista de espera.

La comisión fijará una lista de espera por orden de preferencia en el proceso selectivo para cubrir las posibles vacantes de aquellas personas seleccionadas que causen baja antes del inicio del curso o en el transcurso de las primeras veinticuatro horas lectivas del mismo. Las personas que no figuren en dicha lista de espera o bien se encuentran en un puesto más alejado en la lista de reservas o bien han sido excluidas por alguna de las causas establecidas en las bases de la convocatoria.

12. Certificado de aprovechamiento.

Para la superación de este curso y la obtención del certificado de aprovechamiento, los alumnos deberán superar un examen tipo test de 100 preguntas con 4 posibles respuestas, de las que deberán escoger una; se valorarán negativamente las erróneas y se exigirá un mínimo del 60% del total de preguntas acertadas para la superación del test. Los alumnos deberán aprobar el examen para obtener el certificado de aprovechamiento.

Únicamente podrá autorizarse la ausencia por causas justificadas, pero bajo ningún concepto podrá superar el 15% de las horas lectivas. Toda ausencia deberá ser siempre motivada y justificada ante la EGAP.

No se expedirán certificados de asistencia sin haber superado el curso.

13. Desarrollo.

El curso se desarrollará en la EGAP, calle Madrid, 2-4, polígono de As Fontiñas, Santiago de Compostela, entre el 3 de octubre y el 20 de diciembre de 2011.

Tendrá una duración de 100 horas, de las cuales 80 serán teóricas y 20 prácticas. Las 80 horas teóricas se distribuirán a razón de ocho horas por semana, los lunes y martes de 16.30 h a 20.30 horas, que sean laborables, desde el lunes día 3 de octubre hasta el martes día 20 de diciembre de 2011, con la excepción del 31 de octubre y 1 de noviembre, y el 5 y 6 de diciembre. Las 20 horas lectivas relativas a las prácticas se harán durante ese período y tendrán lugar en fechas a propuesta del director y de acuerdo con los alumnos.

Durante la celebración de este curso se llevará a cabo un control permanente de la asistencia mediante los sistemas que se establezcan al efecto. Los alumnos tendrán que acreditar mediante su firma su asistencia a cada una de las sesiones académicas y al taller.

14. Modificaciones e incidencias.

La EGAP se reserva la facultad de modificar el programa y resolver las cuestiones que pudieran surgir en el desarrollo de este curso, así como la de cancelarlo (si el escaso número de solicitudes no justificase su realización).

Corresponde a la dirección del curso resolver las incidencias de carácter general que puedan producirse durante el desarrollo del mismo.

La realización de este curso queda condicionada a la formalización de matrículas, así como al pago de al menos su primer plazo por un importe que la dirección de la EGAP considere suficiente para la financiación del curso. En el caso de que, por insuficiencia de matrículas, no sea posible la realización del curso, la EGAP procederá a la devolución de las cantidades abonadas.

Santiago de Compostela, 5 de agosto de 2011.

Pablo Figueroa Dorrego
Director de la Escuela Gallega de Administración Pública