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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 160 Martes, 23 de agosto de 2011 Pág. 25428

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 1 de agosto de 2011 por la que se amplía la autorización para la implantación de las modalidades de bachillerato en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

El Estatuto de autonomía de Galicia, en su artículo 31, dispone que es competencia plena de la Comunidad Autónoma gallega la reglamentación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 27 de la Constitución y en las leyes orgánicas que, conforme al punto primero de su artículo 81, lo desarrollan, y de las facultades que le atribuye al Estado el artículo 149.1.30.º de la Constitución.

La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en el capítulo IV de su título I, determina la organización del bachillerato en diferentes modalidades y el Real decreto 806/2006, de 30 de junio, determina los aspectos básicos del currículo del bachillerato que deberán formar parte del aprobado por las administraciones educativas en su ámbito territorial.

La Orden de 29 de mayo de 2008, modificada por las órdenes de 6 de julio de 2009 y de 11 de junio de 2010, autoriza la implantación de las modalidades de bachillerato en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Analizadas las necesidades educativas surgidas y la oferta de modalidades en funcionamiento, resulta aconsejable ampliar esta oferta, con la finalidad de mejorar la atención al alumnado de bachillerato.

En consecuencia, teniendo en cuenta el informe de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa y de conformidad con la propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo único.

Autorizar la implantación de la modalidad de bachillerato de artes, vía de artes escénicas, música y danza en el IES Miguel Ángel González Estévez de Vilagarcía de Arousa (Pontevedra). Código 36018380.

Disposición final primera.

Se autoriza a la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa y a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa para tomar las medidas precisas para la ejecución de esta orden.

Disposición final segunda.

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 1 de agosto de 2011.

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria