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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 160 Martes, 23 de agosto de 2011 Pág. 25425

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 29 de julio de 2011 de modificación de la autorización del centro autorizado de enseñanzas deportivas Santa Apolonia, ayuntamiento de Santiago de Compostela.

La representante legal del centro autorizado de enseñanzas deportivas Santa Apolonia, del municipio de Santiago de Compostela, solicita la modificación de la autorización para la supresión de las enseñanzas de técnico deportivo y técnico deportivo superior en fútbol-sala, y la autorización de las enseñanzas de técnico deportivo en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo, y técnico deportivo superior en hípica, en turno de tarde-noche.

El Real decreto 1363/2007, de 24 de octubre, establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial; y el Real decreto 933/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de técnico deportivo en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo (corrección de errores BOE del 8 de octubre), y el Real decreto 934/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de técnico deportivo superior en hípica, fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

Asimismo, el Decreto 410/2003, de 6 de noviembre, regula los requisitos y el procedimiento para la autorización a centros privados y a centros públicos que no sean de titularidad de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria para impartir enseñanzas de técnicos deportivos en la Comunidad Autónoma de Galicia, desarrollado por la Orden de 12 de abril de 2004, y por la Orden de 23 de abril de 2004 por la que se establecen los requisitos mínimos de los espacios administrativos y docentes genéricos con los que deben contar los centros privados y públicos.

Después de realizar los trámites que establece la normativa vigente, la Jefatura Territorial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de A Coruña remite el expediente con los correspondientes informes favorables para la autorización de las mencionadas enseñanzas.

Por ello, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Primero.

1. Suprimir las enseñanzas de técnico deportivo y técnico deportivo superior en fútbol-sala; y autorizar, en turno de tarde-noche, las enseñanzas de técnico deportivo en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo; y técnico deportivo superior en hípica en el centro que se señala a continuación:

Denominación genérica: centro autorizado de enseñanzas deportivas.

Denominación específica: Santa Apolonia.

Código del centro: 15032558.

Domicilio: Poza Real, n.º 5, A Rocha.

Localidad: Santiago de Compostela.

Municipio: Santiago de Compostela.

Provincia: A Coruña.

Titular: María del Rosario Medina Gómez.

2. Composición resultante.

Turno de tarde-noche:

Técnico deportivo en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo.

Técnico deportivo superior en hípica.

Segundo. Antes de la puesta en funcionamiento de las enseñanzas que se autorizan la Jefatura Territorial de esta consellería en A Coruña, tras el informe del Servicio Territorial de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que imparta la docencia.

Tercero. El centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que se señalan en la presente orden.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 29 de julio de 2011.

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria