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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 160 Martes, 23 de agosto de 2011 Pág. 25405

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 13 de agosto de 2011 por la que se modifica la Resolución de 2 de marzo de 2011, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se convocan ayudas extraordinarias a emigrantes gallegos retornados y a sus familiares para el año 2011.

El 8 de marzo de 2011 fue publicada en el Diario Oficial de Galicia número 46, la Resolución de 2 de marzo de 2011, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se convocan ayudas extraordinarias a emigrantes gallegos retornados y a sus familiares para el año 2011.

La política presupuestaria, que implica el necesario equilibrio entre ingresos y gastos, exige en estos momentos efectuar un ajuste en los créditos inicialmente asignados a los diferentes centros de gasto que conforman los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia, ante los posibles incumplimientos, por parte del Estado, de los compromisos de aportaciones de anticipo del fondo de cooperación previsto para el año 2011 en el sistema de financiación y en los ingresos de la comunidad.

La Ley 2/2011, de 16 de junio, de disciplina presupuestaria y sostenibilidad financiera, establece que las actuaciones de los agentes incluidos en el ámbito de aplicación de esta ley garantizarán la sostenibilidad financiera de sus finanzas a lo largo del ciclo económico.

Por eso, y de acuerdo con el principio de austeridad que preside la actuación de la Administración pública, es preciso efectuar una minoración en el crédito inicial asignado a esta convocatoria de ayudas, con la finalidad de mantener el rigor y estabilidad de las cuentas.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento, así como los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de subvenciones, y en virtud de las atribuciones que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo 1

Se modifica el artículo 4 de la Resolución de 2 de marzo de 2011, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se convocan ayudas extraordinarias a emigrantes gallegos retornados y a sus familiares para el año 2011, quedando su redacción como sigue:

Para la concesión de estas subvenciones se destinará un crédito de cuarenta y ocho mil doscientos veintiséis euros con treinta y nueve céntimos (48.226,39 €) correspondientes a la aplicación presupuestaria 04.50.312C.480.0. Este importe podrá ser ampliado en los casos establecidos en el artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia y en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento, en función de las mayores disponibilidades presupuestarias que se puedan producir en dicha aplicación.

Artículo 2

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se hace público el agotamiento del crédito y, por lo tanto, se acuerda la inadmisión de las solicitudes presentadas con fecha posterior a la entrada en vigor de esta resolución.

Disposición final.

Esta resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante el secretario general de la Emigración, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 13 de agosto de 2011.

J. Santiago Camba Bouzas
Secretario general de la Emigración