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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 118 Martes, 21 de junio de 2011 Pág. 15868

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 16 de junio de 2011 por la que se determinan las distinciones y recompensas que se concederán al personal de los cuerpos de policía local durante el año 2011.

La Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, establece en su artículo 74 que los miembros de los cuerpos de policía local de Galicia pueden ser distinguidos o recompensados de acuerdo con lo que se determine reglamentariamente.

De acuerdo con esta previsión, el Decreto 243/2008, de 16 de octubre, que desarrolla la citada ley, establece en su artículo 98 que la consellería competente en materia de seguridad concederá mediante orden la placa colectiva y la placa individual, así como la Medalla al Mérito de la Policía Local.

De acuerdo con lo anterior, se procedió a estudiar por la unidad directiva competente en materia de coordinación de policías locales las propuestas formuladas, siguiendo el procedimiento que establece el artículo 99 del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, para la concesión de las distinciones. Las propuestas hechas por la Dirección General de Emergencias e Interior, como unidad directiva competente en materia de coordinación, se encuentran ampliamente documentadas, fueron informadas y valoradas positivamente por la Comisión de Coordinación de Policías Locales de Galicia y sometidas a la resolución y dictamen de esta consellería.

En su virtud, en uso de las facultades otorgadas por el artículo 98 y por la disposición final primera del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, antes citado, a propuesta de la unidad directiva competente en materia de coordinación de policías locales, y previo informe de la Comisión de Coordinación de Policías Locales de Galicia, en su sesión de 15 de junio de 2011, al amparo de lo dispuesto en el artículo 17.1 a) de la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales,

DISPONGO:

Artículo único.

1. Aprobar, de acuerdo con lo previsto en el artículo 99.5 del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, la relación de personas propuestas como candidatas a la Medalla al Mérito de la Policía Local a las que se les otorga esta distinción.

2. Publicar estas relaciones en los siguientes anexos a esta orden:

Anexo I. Concesión de la Medalla al Mérito de la Policía Local.

Disposición final única.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de junio de 2011.

Alfonso Rueda Valenzuela
Conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ANEXO I

Concesión de la Medalla al Mérito de la Policía Local al policía José María Barcia Veiga, del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Oleiros.

Vistos los hechos descritos en la propuesta para la concesión de la Medalla al Mérito de la Policía Local, una vez emitido informe de la Comisión de Coordinación de Policías Locales, en su reunión de 15 de junio de 2011, después de valorar y ponderar los méritos y las circunstancias alegadas en dicha propuesta, esta consellería resuelve conceder la Medalla al Mérito de la Policía Local, por su intervención en un acto de servicio manifestando cualidades de valor y lealtad profesionales, con la posibilidad de riesgo grave para su integridad, al policía del Ayuntamiento de Oleiros José María Barcia Veiga.

Asimismo, de acuerdo con lo previsto en los artículos 101 y 102 del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, esta concesión se acreditará mediante el correspondiente diploma y constará en el Registro de Distinciones y en el Registro de las Policías Locales de Galicia, dándole cuenta al Ayuntamiento de Oleiros a efectos de su expediente personal.