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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 95 Miércoles, 18 de mayo de 2011 Pág. 9801

I. Disposiciones generales

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 29 de abril de 2011 por la que se incorpora un nuevo procedimiento al Registro Electrónico de la Xunta de Galicia, regulado por el Decreto 164/2005, de 16 de junio.

El Decreto 164/2005, de 16 de junio, crea el Registro Telemático de la Xunta de Galicia, que permite la presentación por vía telemática de solicitudes, escritos y comunicaciones. Esta orden incluye en el anexo VII del Decreto 164/2005, de 16 de junio, un nuevo procedimiento, a fin de continuar impulsando el empleo de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el desarrollo de la actividad de la Xunta de Galicia y en el ejercicio de sus competencias.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 y la disposición adicional primera b) y final primera del Decreto 164/2005, de 16 de junio, por el que se regulan y determinan las oficinas de registro propias o concertadas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, se crea el Registro Telemático de la Xunta de Galicia y se regula la atención al ciudadano.

En virtud de la disposición final segunda del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes, desde la entrada en vigor de este decreto el Registro Telemático de la Xunta de Galicia cambiará su denominación por la de Registro Electrónico de la Xunta de Galicia.

DISPONGO:

Artículo único.

1. Se incluye en el anexo VII del Decreto 164/2005, de 16 de junio, procedimientos para los que está habilitado el Registro Telemático de la Xunta de Galicia, y queda, pues, habilitado con los efectos previstos en su artículo 5.1 el siguiente procedimiento:

PR805A. Decreto por el que se modifica el Decreto 326/2004, de 29 de diciembre, por el que se regulan los órganos de coordinación y asesoramiento en materia de cooperación para el desarrollo y el Registro Gallego de Agentes de Cooperación al Desarrollo.

2. El procedimiento para la tramitación electrónica estará disponible en la dirección http://www.xunta.es/presentacion-electronica-da-xunta-de-galicia

Disposición final.

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 29 de abril de 2011.

Alfonso Rueda Valenzuela
Conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia