La Ley 13/1991, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 6, señala la obligación de que los precios privados sean fijados por las consellerías correspondientes, previo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, y publicados en el Diario Oficial de Galicia.
Para cumplir este mandato y después de emitido el preceptivo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, esta consellería,
DISPONE:
Artículo único.
1. Queda aprobado el precio de venta al público de la publicación editada por el Servicio Gallego de Salud y que se relaciona en el anexo.
2. Este precio se entenderá, en su caso, con IVA incluido.
Santiago de Compostela, 10 de diciembre de 2003.
José María Hernández Cochón
Conselleiro de Sanidad
ANEXO
Xestión de calidade no aprovisionamento sanitaria: guía para a aplicación da norma UNE-EN ISO 9001:2000, (encuadernación rústica y wir-o): 15 euros.