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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 249 Miercoles, 24 de diciembre de 2003 Pág. 16.024

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE RIBEIRA

EDICTO (33/2002).

Ramón Eloy Rodríguez Frieiro, secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Ribeira, doy fe y testimonio de que en el juicio de faltas número 33/2002, ha recaído la sentencia cuyo encabezamiento y fallo dicen:

«Encabezamiento. En Ribeira, nueve de julio de dos mil tres. Vistos por Sonia María Cartamil Obelleiro, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de los de esta ciudad, los presentes autos de juicio de faltas número 33/2002, seguidos ante este juzgado por una presunta falta de imprudencia con ocasión de la circulación de vehículos a motor con resultado de lesiones, habiendo sido parte denunciante Francisco Borja Sánchez Martínez, representado por la procuradora Concepción Peleteiro Bandín y asistido del letrado Luis Fajardo; y como denunciado Francisco Manuel Rivas Blanco; actuando la entidad aseguradora Aegón Seguros como responsable civil directo, representada por el procurador José Manuel Novoa Núñez y asistida del letrado Benigno Sieira Santos y Paulino Rodríguez Muñiz, como responsable civil subsidiario.

Fallo que debo condenar y condeno a Francisco Manuel Rivas Blanco como autor responsable del artículo 621 del Código penal de 1995 a la pena de quince días de multa, con una cuota de seis euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del mismo texto legal para el caso de impago. Condenándosele, asimismo, al pago de las costas del pesente juicio y a que, solidariamente, con el responsable civil subsidiario Paulino Rodríguez Muñiz y la responsable civil directa de Aegón Seguros, indemnice a Francisco Borja Sánchez Martínez en la cantidad de 11.394,70 euros, incluído el factor de corrección del 10%.

Notifíquese la presente resolución a las partes a las que se hace saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de A Coruña, en el término de cinco días desde su notificación, mediante escrito que, deberá presentarse ante este juzgado, y en el que redactado conforme a lo dispuesto en el artículo 795 de la Ley de enjuiciamiento criminal, se expondrán las alegaciones en las que se base la impugnación, conforme al artículo 976 y siguientes de la Ley de enjuiciamiento criminal. Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que conste y sirva de notificación a Francisco Manuel Rivas Blanco, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado, expido el presente edicto en Ribeira, veintiséis de noviembre de dos mil tres.

El secretario

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