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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 248 Martes, 23 de diciembre de 2003 Pág. 15.901

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 19 de noviembre de 2003 por la que se le autoriza la ampliación de una unidad al centro privado de educación especial Menela de Vigo (Pontevedra).

Examinado el expediente presentado por el centro privado de educación especial Menela de Vigo (Pontevedra), en el que solicita autorización para la ampliación de una unidad en dicho centro.

Teniendo en cuenta que el expediente ha sido tramitado por la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de Pontevedra, quien lo remite con los informes correspondientes.

Vistos a Ley 1/1990, de 3 de octubre (BOE del 4 de octubre), de ordenación general del sistema educativo; la Ley orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de calidad de la educación; el Real decreto 334/1985, de 6 de marzo, de ordenación de la educación especial (BOE del 16 de marzo); la Orden ministerial de 30 de enero de 1986 (BOE del 4 de febrero); el Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26 de junio), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias; el Decreto 320/1996, de 26 de julio (DOG del 6 de agosto), de ordenación de la educación de alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales; el Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22 de mayo), sobre autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) que lo desarrolla.

Esta consellería, a propuesta de la Dirección General de Centros y Ordenación Educativa,

DISPONE:

Autorizarle la ampliación de una unidad al centro privado de educación especial Menela de Vigo (Pontevedra), según los datos que se relacionan en el anexo de esta orden, haciendo constar que, para su puesta en funcionamiento, la delegación provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, después del informe de la Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que imparta docencia en la unidad que se amplía.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, 19 de noviembre de 2003.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación

Universitaria

ANEXO

Provincia: Pontevedra.

Municipio: Vigo.

Localidad: Alcabre.

Domicilio: Camiño da Veiguiña, 17.

Denominación: centro privado de educación especial Menela.

Titular: Fundación Menela.

Código do centro: 36015998.

Composición resultante:

Centro de educación especial: 8 unidad (Autistas).

CONSELLERÍA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA

Y DESARROLLO RURAL