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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Lunes, 22 de diciembre de 2003 Pág. 15.845

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

DECRETO 442/2003, de 11 de diciembre, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por la Diputación Provincial de Ourense, de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de camino vecinal 87 Mugares-Toén-Xestosa (ayuntamiento de Toén).

La Diputación Provincial de Ourense, en sesión celebrada el día treinta y uno de octubre de dos mil tres, aprobó el proyecto de camino vecinal 87 Mugares-Toén-Xestosa y, en la misma sesión, acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Administración Local el día veinte de noviembre de dos mil tres.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, ya que, según señala la diputación, la actuación es

necesaria debido a que en los últimos años se fueron acondicionando diferentes trechos, permaneciendo este tramo sin acondicionar, lo que provoca un estragulamiento peligroso para el tránsito rodado e incluso para los viandantes, que verán como de repente cambian las condiciones geométricas, con evidente riesgo para su seguridad personal, en una vía provincial que además de unir la capitalidad provincial de Ourense con la capitalidad municipal de Toén, es el paso obligado para toda una serie de parroquias sitas en la comarca, y para muchos usuarios de los términos municipales de Barbadás y Cartelle, constituyendo, pues, una importante vía de comunicación de carácter intermunicipal y comarcal.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Administración Local y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día once de diciembre de dos mil tres,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por la Diputación Provincial de Ourense a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de camino vecinal 87 Mugares-Toén-Xestosa, debiendo, en su caso, una vez ocupados los terrenos necesarios, obtener las autorizaciones que fueran necesarias de los organismos competentes, con carácter previo al inicio de las obras.

Santiago de Compostela, once de diciembre de dos mil tres.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesús Carlos Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Administración

Local

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES

LABORALES