De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que en el anexo se menciona la incoación de expediente sancionador por infracción al Reglamento de epizootías, Decreto de 4-2-1955, al no ser posible su notificación a través del servicio de correos.
Que asimismo, designo instructor del expediente a Mario Orjales Pita y secretario a José María García Torrado.
Lo que se notifica, a los efectos previstos en el artículo 58 de la citada Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, pudiendo recusarlos en cualquier momento del expediente por alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la mencionada ley.
Concediendo al interesado un plazo de quince días, para que pueda examinar el expediente así como formular las alegaciones que estime pertinentes, conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, ya que de no efectuar las alegaciones en el plazo indicado, el acuerdo de incoación podrá ser considerado como propuesta de resolución.
Pontevedra, 7 de noviembre de 2003.
José Manuel Gabeiras Vérez
Delegado provincial de Pontevedra
ANEXO
Expediente: SAN-PO-96/2003-EB.
Denunciado: Cárnicas Rodrial, S.L.
Última direccion conocida: O Viso-A Ramallosa-Nigrán (Pontevedra).
Hecho denunciado: falta de identificación en animales bovinos.
Fecha del acuerdo de incoación: 18-7-2003.
Preceptos infringidos: incumplimiento del artículo 2, punto 3, letra a), de la Ley 26/2001, de 26 de diciembre.
Precepto sancionador: artículo 3, punto 1, letra a) de la Ley 26/2001.
Sanción: 3.601 euros.
CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL
Y TURISMO