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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 243 Martes, 16 de diciembre de 2003 Pág. 15.458

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO DOS DE PONTEVEDRA

CÉDULA de notificación de sentencia (432/2002).

Mª Isabel Vicente Cabezas, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Pontevedra, doy fe, que en los autos seguidos ante este juzgado bajo el número 432/2002 ha recaído sentencia cuyo encabezamiento y fallo dicen literalmente:

«Procedimiento verbal número 432/2002.

Magistrado juez: Juan José Trashorras García.

Partes:

Demandante: Caja de España de Inversiones (representada por el procurador Sr. Fernández García en substitución de su compañero Sr. Portela Leirós y defendida por la letrada Sra. Fernández Escudero.

Demandados: Francisco Omil Nazara y Dolores Moldes Rodiño (rebeldes).

Sobre acción de reclamación de cantidad derivada de incumplimiento contractual por importe de 216,59 euros.

Sentencia número 135.

En Pontevedra a trece de octubre de dos mil tres.

Antecedentes de hecho.

Primero.-Que el presente procedimiento de juicio verbal se inició por demanda en la que la parte actora, ejercitando una acción de reclamación de cantidad, terminaba solicitando como petición que se condenase a los demandados al abono del a cantidad de 216,59 euros, más los intereses de dicha cantidad desde la fecha de cierre de la cuenta o, en su caso, desde la fecha del emplazamiento y costas, todo ello con base a los hechos y fundamentos de derecho que constan en su escrito de demanda.

Segundo.-Admitida a trámite la demanda se citó a las partes a la vista con los apercibimientos legales de rigor, no compareciendo los demandados, por lo que fueron declarados en rebeldía.

Tercero.-Se propusieron las pruebas de interrogatorio de parte y documental, las cuales fueron admitidas, practicándose con el resultado de obra en autos.

Cuarto.-La presente sentencia se dicta dentro del plazo de diez días a partir del siguiente desde la terminación de la vista.

Que estimando la demanda promovida por el procurador Sr. Portela, en nombre y representación de Caja de España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad, contra Francisco Omil Nazara y Dolores Molde Rodiño (rebeldes), debo condenar y condeno a dichos demandados a que abonen solidariamente a la actora la suma de doscientos dieciséis euros con cincuenta y nueve céntimos de euro (216,59 euros), más los intereses legales de dicha cantidad desde el día 11 de julio de 2002, condenándolos asimismo al abono de las costas del juicio.

Así, por esta sentencia, que no es firme y contra la que podrá interponerse recurso de apelación a pre

parar ante este mismo juzgado en el plazo de cinco días, lo manda y firma Juan José Trashorras García, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Pontevedra y su partido. Doy fe».

Y para que sirva de notificación al demandado rebelde, expido la presente sentencia, 30 de octubre de 2003.

La secretaria

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