Luis Fernández Arias González, secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Padrón, doy fe y testimonio de que en el juicio de faltas nº 486/2000 se ha dictado el presente auto, que en su parte dispositiva dice:
Se declara firme la sentencia dictada en esta causa, háganse las anotaciones oportunas en los libros de registro.
Para su ejecución se acuerda lo siguiente:
«Requerir el pago de multa por la cantidad de 180,3 euros a Sonia Abalo Domínguez, o en su caso, a un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, debiendo hacer el ingreso en la cuenta de esta juzgado abierta en Banesto 1575-0000-78-0095-03, en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución».
«Respecto de la responsabilidad civil, requerir a Sonia Abalo Domínguez, a fin de que en el plazo cinco días
proceda a devolver a Milagros Beltrán Domínguez el sofá-cama, objeto de este procedimiento acreditándolo ante este tribunal con apercibimiento de que de no verificarlo deberá indemnizar a la ejecutante con la cantidad que se determine en la forma prevista en los artículos 713 y ss de la LEC, a cuyo valor determinado se restará la cantidad de 270,46 euros».
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Sonia Abalo Domínguez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido la presente en Padrón a doce de noviembre de dos mil tres.
El secretario
Rubricado