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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 243 Martes, 16 de diciembre de 2003 Pág. 15.430

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

DECRETO 433/2003, de 27 de noviembre, por el que se resuelve el expediente de deslinde entre los términos municipales de Cerdedo y Cotobade.

El Ayuntamiento de Cerdedo solicitó del Instituto Geográfico Nacional el deslinde de la línea límite

municipal con el ayuntamiento de Cotobade, en el tramo comprendido entre los marcos primero y séptimo.

Tramitado el expediente de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia y en el Real decreto 1690/1986, de 11 de julio, del reglamento de población y demarcación territorial de la entidades locales, el Instituto Geográfico Nacional emitió un informe de fecha 2 de octubre de 2000, presentando alegaciones al mismo ambos ayuntamientos.

Visto lo dispuesto en los artículos 41.1º y 44.3º de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, según los cuales los conflictos que puedan suscitarse entre municipios en relación con el deslinde de sus términos serán resueltos por el Consello de la Xunta de Galicia, después de los informes del Instituto Geográfico Nacional, de la diputación provincial y de la Comisión Gallega de Delimitación Territorial y previo dictamen del Consello Consultivo de Galicia.

A propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Administración Local, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo de Galicia y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veintisiete de noviembre de dos mil tres,

DISPONGO:

Primero.-Resolver la cuestión suscitada entre los ayuntamientos de Cerdedo y Cotobade, sobre el des

linde de sus términos municipales, en el sentido de considerar como válida la línea límite jurisdiccional que se describe en el acta de deslinde de 16 de agosto de 1939, y que se refleja en el Mapa Topográfico Nacional a escala 1:25.000 del Instituto Geográfico Nacional, según figura en el anexo de este decreto.

Segundo.-Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer potestativamente recurso de reposición ante el Consello de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación; o bien, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.

Santiago de Compostela, veintisiete de noviembre dos mil tres.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesús Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Administración

Local

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES

LABORALES