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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 237 Viernes, 05 de diciembre de 2003 Pág. 15.004

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE A CORUÑA

RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2003 por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de una plaza de técnico en informática del Servicio de Información y Estadística vacante en la plantilla de personal laboral de esta universidad.

Siendo urgente la provisión de una plaza de técnico en informática del Servicio de Información y Estadística vacante en la vigente relación de puestos de trabajo del personal laboral de administración y servicios, publicada por Resolución de 26 de agosto de 2003 (DOG del 5 de septiembre), y aprobado por la Junta de Gobierno, en su sesión de 11 de julio de 2002 el sistema de selección de concurso-oposición para su provisión, según establece el artículo 111.3º de los estatutos.

Este rectorado, en el uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades (BOE del 24 de diciembre), así como en los estatutos de esta universidad, aprobados por el Decreto de la Xunta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre (DOG del 17 de septiembre) y modificados por el Decreto de la Xunta de Galicia 245/1998, de 30 de julio (DOG del 28 de agosto), y con el objeto de atender las necesidades del Servicio de Información y Estadística,

RESUELVE:

Primero.-Convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de técnico en informática del Servicio de

Información y Estadística (número L234 de la vigente relación de puestos de trabajo), grupo II.

Las pruebas selectivas se realizarán con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Solicitudes.

1.1. Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo en la instancia según modelo que figura como anexo IV. A la instancia se acompañará fotocopia del documento nacional de identidad, acreditándose además el pago de los derechos de examen en la forma prevista en el punto 1.2.

Las solicitudes se dirigirán al rector de la Universidad de A Coruña en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

La presentación de las solicitudes se hará en el registro general de la Universidad de A Coruña (Edificio del Rectorado, calle de la Maestranza, s/n, CP 15001) y Ferrol (Vicerrectorado del Campus, Doctor Vázquez Cabrera, s/n, CP 15403), o en las restantes formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero).

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas y consulares españolas correspondientes.

1.2. Los aspirantes deberán justificar el pago en la cuenta corriente 0049-5030-15-2516011262, concurso-oposiciones; Banco Santander Central-Hispano de A Coruña, de la cantidad de 31 euros por derechos de inscripción. La solicitud deberá ir acompañada del justificante acreditativo del ingreso, su falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso el pago supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en el punto 1.1.

1.3. Los aspirantes que aleguen méritos en la fase de concurso deberán acreditarlos mediante la presentación de los documentos justificativos originales o copias compulsadas. Los servicios prestados en la Universidad de A Coruña se acreditarán mediante certificación expedida por la gerencia de la universidad, referida a la fecha de publicación en el Diario Oficial de Galicia de la presente convocatoria.

1.4. Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán indicarlo en el recuadro número 14 de la instancia y solicitar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea necesaria, expresándolo en el recuadro número 15.

1.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente solicitar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 1.1. para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por el tribunal.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir y mantener los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta está definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación en los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España.

b) Haber cumplido dieciocho años de edad y no exceder de los sesenta y cinco.

c) Estar en posesión de la titulación de diplomado, arquitecto técnico, ingeniero técnico o equivalente,

o en condiciones de obtenerla en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de las solicitudes.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas ni estar inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme. Los aspirantes de nacionalidad no española deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.

3. Discapacidades.

3.1. Para la realización de las pruebas selectivas, el tribunal calificador de las mismas establecerá, para las personas con minusvalías que lo hubiesen demandado en la solicitud de admisión, las adaptaciones posibles de tiempos y medios.

3.2. Si en el desarrollo del proceso selectivo se suscitaran dudas al tribunal respecto a la capacidad de los aspirantes con alguna discapacidad para el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los trabajadores de la categoría de técnico en informática (grupo II), podrá solicitar el correspondiente dictamen del órgano competente de la Comunidad Autónoma.

4. Listas de admitidos y excluidos.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de veinte días naturales, el rector de la universidad dictará resolución, que será publicada en el Diario Oficial de Galicia, declarando aprobadas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, que serán hechas públicas en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad y en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol, con mención expresa del nombre, apellidos y documento nacional de identidad y, en su caso, las causas de exclusión.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir de la publicación de la referida resolución, para corregir el defecto que motivase la exclusión. Transcurrido dicho plazo, el rector dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos, que será publicada en el Diario Oficial de Galicia.

4.2. El hecho de figurar en la lista de admitidos no prejuzga que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos, que tendrán que acreditarse en su momento, de acuerdo con lo previsto en la base 10.1 de esta convocatoria.

5. Sistema selectivo.

5.1. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, con la valoración de méritos, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

5.2. El programa de las pruebas de la fase de oposición es el que figura como anexo II.

6. Tribunal calificador.

6.1. El tribunal calificador es el que figura como anexo III de la presente convocatoria.

6.2. El tribunal en su constitución, composición y funcionamiento se atendrá a lo dispuesto en el Decreto 95/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de personal de administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero).

6.3. El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en el número que considere necesario.

6.4. El tribunal tendrá la categoría segunda de las recogidas en el Decreto 144/2001, de 7 de junio (DOG del 25 de junio).

6.5. A los efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de A Coruña (calle Maestranza, sin número).

7. Calendario de las pruebas.

7.1. El lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios se hará público en la resolución rectoral que apruebe las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos.

7.2. La duración máxima de las pruebas selectivas será de un año desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.

7.3. El orden de actuación de los aspirantes será la que determine la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad Autónoma para el año en que se realice la prueba.

7.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en un único llamamiento quedando decaídos en su derecho los que no comparezcan, excepto en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

8. Aspirantes de nacionalidad extranjera

8.1. Con carácter previo a la realización de los ejercicios de la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.

8.2. El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto en el Real decreto 826/1988, de 20 de julio (BOE del 29 de julio), por el que se establecen diplomas acreditativos del conocimiento del español como lengua extranjera. La prueba se calificará con apto

o no apto, siendo necesario obtener la valoración de apto para pasar a realizar los ejercicios de la fase de oposición. Quedan eximidos de realizar esta prueba los aspirantes que acrediten, mediante fotocopia compulsada, estar en posesión del diploma superior de español como lengua extranjera, establecido por el Real decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado y completado por el Real decreto 1/1992, de 10 de enero, o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las escuelas oficiales de idiomas. De no presentar esta documentación no podrán ser declarados exentos y deberán, en consecuencia, realizar la prueba descrita en el párrafo anterior.

9. Lista de aprobados.

9.1. El tribunal hará pública la valoración de los méritos de la fase de concurso una vez realizado el último ejercicio de la fase de oposición.

9.2. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el tribunal calificador hará pública en el Rectorado de la Universidad de A Coruña, en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol, y en el lugar o lugares de celebración del ejercicio, así como en aquellos otros que estime oportuno, la puntuación obtenida por los aspirantes en el mismo, así como, de ser el caso, la de cada una de las pruebas que lo compongan.

Posteriormente, el tribunal hará pública, en esos mismos lugares, la relación definitiva de aprobados para cada uno de los sistemas de acceso, que en ningún caso podrá contener un número de candidatos superior al de las plazas convocadas, en la que constará el nombre y la puntuación de los aspirantes que, alcanzando la puntuación mínima exigida para superar los ejercicios de la fase de oposición, obtuvieran la mayor puntuación final calculada de acuerdo con el sistema previsto en el anexo I. Los opositores que no estén incluidos en las respectivas relaciones tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, único extremo acerca del que el tribunal podrá certificar.

9.3. El tribunal remitirá al rector la relación definitiva de los aspirantes aprobados por el orden de esta puntuación final, con propuesta de que se les formalice el correspondiente contrato de trabajo.

10. Presentación de documentos y formalización de los contratos.

10.1. En el plazo de 20 días naturales a partir del día siguiente al que se hiciese pública la relación definitiva de aprobados en las pruebas selectivas, estos deberán presentar en el Servicio de Personal de la Universidad de A Coruña (calle de la Maestranza, s/n) los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido para acceder a las pruebas.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración pública ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar declaración o promesa de no estar

sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que inhabilite en su Estado el acceso a la función pública.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.

10.2. Cumplimentados debidamente por el aspirante que superó las pruebas selectivas los trámites de presentación de documentos, será contratado como técnico en informática del Servicio de Información y Estadística.

10.3. El período de prueba será de tres meses, durante el que el trabajador tendrá los derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe, excepto los derivados de la resolución de la relación laboral, que podrá producirse a instancia de cualquiera de las partes durante su transcurso. Este período de prueba no será aplicable a los aspirantes que con anterioridad hayan desempeñado funciones de técnico en informática del Servicio de Información y Estadística en la Universidad de A Coruña.

Segundo.-Las presentes pruebas selectivas se ajustarán a lo dispuesto en el Decreto 95/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de personal de Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero) y los estatutos de esta universidad, aprobados por el decreto de la Xunta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre (DOG del 17 de septiembre) y modificados por el decreto de la Xunta de Galicia 245/1998, de 30 de julio (DOG del 28 de agosto), la Ley 17/1993, de 23 de diciembre (BOE del 24 de diciembre), sobre acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea, y las bases de esta convocatoria.

Tercero.-La presente convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados ante la jurisdicción de lo contencioso-administrativo en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre) y modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero).

Asimismo, los interesados podrán interponer recurso de alzada contra los actos del tribunal calificador de las pruebas ante el rector de la Universidad de A Coruña, en los términos previstos en el artículo 114 y concordantes de la mencionada ley.

A Coruña, 11 de noviembre de 2003.

P.D. (Resolución 26-9-2003)

Eliseo Alfonso Barca Lozano

Rector de la Universidad de A Coruña en funciones

ANEXO

Técnico en informática del Seinfe

Procedimiento de selección

Fase de oposición.

A) Ejercicios.

La fase de oposición consistirá en la realización de tres ejercicios, todos ellos obligatorios.

Primer ejercicio: consistirá en contestar un cuestionario de, al menos, 60 preguntas con respuestas múltiples, entre las que solo una será correcta, basado en el contenido que para este ejercicio se fija en los módulos I y II.

Los aspirantes tendrán un plazo de al menos setenta y cinco minutos para la realización del ejercicio y su valoración será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener 5 puntos para tener acceso al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio: consistirá en la realización de dos supuestos prácticos específicos, elegidos de entre cuatro propuestos por el tribunal relacionados con la parte específica del programa, módulos III y IV.

Los aspirantes tendrán un plazo de al menos dos horas para resolver los supuestos.

La calificación del ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener 5 puntos para tener acceso al siguiente ejercicio.

Tercer ejercicio: consistirá en la traducción, sin diccionario, de dos textos propuestos por el tribunal, un del gallego al español y otro del español al gallego y su valoración será de 0 a 10 puntos. Este ejercicio no tendrá carácter eliminatorio.

B) Valoración de la fase de oposición.

La calificación final de la fase de oposición se obtendrá de la siguiente forma:

(0,3xnota 1 ejerc.+0,6xnota 2º ejerc.+0,1xnota 3 ejerc.)x7, por lo que tendrá un valor máximo de 70 puntos.

-Fase de concurso.

En esta fase se valorarán, hasta un máximo de 30 puntos, los siguientes méritos:

1. Servicios prestados en la categoría profesional de técnico en informática (grupo II):

a) Los servicios prestados en la Universidad de A Coruña en régimen de contrato temporal, a razón de 0,50 puntos por cada mes completo o fracción, hasta un máximo de 20 puntos.

b) Los servicios prestados en otras administraciones públicas, a razón de 0,05 puntos por cada mes completo o fracción, hasta un máximo de 10 puntos.

2. Cursos recibidos, impartidos por organismos públicos o empresas de prestigio reconocido relacionados con temas del programa específico, hasta un máximo de 10 puntos.

Cursos de más de 20 horas: 2 puntos.

Cursos entre diez y veinte horas: 1 punto.

C) Sistema de puntuación.

La calificación final de las pruebas, que como máximo será de 100 puntos, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso. En caso de empate dentro de cada apartado, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición; si esto no fuera suficiente a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio, y si esto no fuera suficiente, en el primer ejercicio. Si persistiese el empate, este se dirimiría por el orden alfabético del primero apellido de los aspirantes empatados, iniciándose dicho orden por la letra a la que se refiere la base 7.3 de la presente convocatoria.

ANEXO II

Programa de las pruebas

Módulo I. Legislación y normativa.

1. La Universidad de A Coruña. Estructura. Órganos de Gobierno.

Centros, departamentos, institutos, servicios. Rector, vicerrectores, secretario general, gerente, decanos, directores, otros órganos unipersonales. Órganos colegiados: Consejo Social, Claustro, Consejo de Gobierno, Juntas de Centro, Consejos de Departamento.

2. El personal docente e investigador en la Universidad de A Coruña.

Clases y régimen jurídico del profesorado universitario.

3. El personal de administración y servicios en la Universidad de A Coruña.

Clases y régimen jurídico del personal de administración y servicios.

4. El estudio y la investigación en la Universidad de A Coruña.

Estudios de 1 y 2º ciclo. Estudios de doctorado y postgrado. La organización de la investigación. Contratos, convenios y cursos de especialización.

5. Informática y legislación.

Derecho a la intimidad. Ley orgánica de protección de datos (LOPD). Disposiciones, principios y derechos. La Agencia de Protección de Datos. Reglamento de medidas de seguridad. La protección jurídica del software. Ley de servicios de la sociedad de la información y del comercio electrónico (LSSI).

6. Normas para la realización de la estadística universitaria.

Resolución de la Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria por la que se dictan normas para la realización de la estadística universitaria. Cuestionarios para la estadística de la enseñanza superior del Instituto Nacional de Estadística. Normas para la recogida de datos estadísticos del sistema universitario gallego. Libro de datos estadísticos de la Universidad de A Coruña.

Módulo II. Informática básica.

1. Estructura de datos y de la información.

Sistemas de numeración. Sistemas de codificación. Estructura de datos. Representaciones redundantes: corrección de errores. Compactación de la información.

2. Arquitectura de computadores.

Concepto de computador. Computadores digitales. Desarrollo histórico. Unidad central de proceso. Sistemas de entrada/salida.

3. Logical de base.

Historia de los sistemas operativos. Conceptos fundamentales. Estructura de los sistemas operativos. Diseño e implementación de sistemas operativos. Procesos. Gestión de la memoria. Gestión del sistema de archivos. Gestión del sistema de entrada/salida. Multiprocesadores y sistemas distribuidos.

4. Programación.

Metodología de la programación. Estructuras básicas de programación. Tipos de datos. Funciones y procedimientos. Manejo de ficheros. Listas, pilas y colas. Árboles. Búsquedas. Punteros. Recursividad. Programación orientada a objetos.

5. Bases de datos.

Sistemas gestores de bases de datos. Modelos físicos y lógicos. Modelos entidad relación. Modelo relacional. Diseño de bases de datos relacionales. Generación y optimización de consultas. Control de concurrencia. Transacciones e integridad de los datos. SQL. Bases de datos orientadas a objetos.

6. Comunicaciones. Tecnologías de la transmisión.

Medios de transmisión. Transmisión asíncrona y síncrona. Conmutación de circuitos y paquetes. Control de flujo. Detección y control de errores. Protocolos y topologías de red. Tipos de redes: LAN, MAN, WAN.

7. Ingeniería del software.

Fases de desarrollo de sistemas de información. Metodología y ciclos de vida. Estudio de viabilidad. Planificación de un proyecto software. Definición y análisis de requisitos. Diseño. Implementación. Verificación y validación. Entrega y mantenimiento.

8. Internet.

Creación, evolución, características. Redes soporte. Proveedores de servicio. Intranet. Extranet.

Módulo III. Parte específica.

1. Estadística descriptiva.

Variables. Escala de medida. Frecuencias. Medias de tendencia central. Medidas de desviación. Tablas de distribución de frecuencias. Representación de datos.

2. Terminología e indicadores de evaluación institucional.

Glosario de terminología general aplicada a la evaluación institucional e indicadores que la miden. Códi

go, denominación, definición, interpretación, nivel de agregación y fuente de los indicadores que forman parte del catálogo del sistema universitario público español. Glosario específico.

3. Metodología de la programación.

Lenguajes de programación. Diseño de programas. Diseño estructurado. Diseño orientado a objetos. Diseño interfaz de usuario.

4. Tecnología de la programación.

Técnicas de verificación y prueba de programas. Generadores de código y herramientas de cuarta generación. Programas de interface de aplicaciones. Herramienta RAD. Migraciones y conversiones. Reingeniería de código.

5. Implantación y mantenimiento de programas.

Plan de implantación. La prueba y puesta a punto de programas. El cuaderno de instalación. Clases de mantenimiento. Documentación. Depuración.

6. Programación en lenguaje C y Delphi.

Conceptos. Operadores. Estructura de un programa. Entrada y salida de datos. Sentencias de control. Punteros, programación orientada a objetos.

7. Programación en Internet.

Páginas ASP, JSP, Java, Scripts de cliente. Punto Net.

8. Sistema operativo Unix/Linux.

Historia y fundamentos del sistema operativo Unix/Linux. Administración. Configuración. Monitorización. Correo electrónico. Protocolos de red.

9. Sistema operativo Windows.

Gestión de ficheros. Tareas. Gestión de usuarios. Configuración y mantenimiento hardware. Instalación y configuración de protocolos de red.

10. Servidores web.

Internet Information Server. ISA Server. Servidor Apache. Servidor FTP.

11. Hipertexto e hipermedia.

HTML: elementos básicos, extensiones en navegadores. DHTML, XML. Multimedia, conceptos generales.

12. Protocolos de red.

Protocolos de red: TCP/IP, historia, fundamentos, configuración. Subdireccionamiento.

13. Sistemas abiertos.

Historia y conceptos generales. Modelo OSI. Estructura de la red Internet. Descripción de servicios y protocolos. Correo electrónico.

14. Sistemas gestores de bases de datos.

Informix. SQL Server. Arquitectura. Desarrollo de aplicaciones. Configuración cliente/servidor. Seguridad. Procedimientos almacenados y triggers.

15. Aplicaciones de información y estadística en la Universidad de A Coruña.

Puntos de información. Acceso a bases de datos corporativas. Datawarehouse. Estadísticas para organismos oficiales.

16. La tarjeta inteligente en la Universidad de A Coruña.

Descripción general. Fundamentos. Normas ISO7816. Aplicaciones.

17. Seguridad.

Medidas de seguridad: físicas, técnicas, organizativas y legales. Certificaciones de seguridad. Técnicas criptográficas. Claves simétricas y asimétricas. Certificados digitales, terceras partes confiables, firma digital. Proxys. Firewalls. Virus.

ANEXO III

Tribunal calificador

Titulares:

Presidenta: Rosa Mª Fernández Esteller.

Vocales:

Jesús Cardenal Carro, profesor titular de universidad.

Sergio Castro López, analista responsable de proyectos.

Mª José Grueiro Maroño, representante del comité de empresa.

Eva Domínguez Costas, representante del comité de empresa.

Suplentes:

Presidenta: Nieves Rodríguez Brisaboa, profesora titular de universidad.

Vocales:

Rafael García Vázquez, catedrático de escuela universitaria.

José Manuel Rodríguez Seijo, profesor titular de universidad.

Manuel Romero Beade, representante del comité de empresa.

Rogelio Lage Vázquez, representante del comité de empresa.

ANEXO IV

NOTA: úsese el publicado en la página 15.004.