Advertidos errores en dicha resolución publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 228, del 24 de noviembre de 2003, es necesario hacer las oportunas correcciones:
En la página 14.476, donde dice: «ademas de lo establecido ...», debe decir: «en lugar de lo establecido ...».
En el anexo I:
En la página 14.476 en la categoría 006 del grupo II, se debe suprimir licendiado/a en psicopedagogía.
En la página 14.477 en la categoría 061 del grupo III, donde dice: «a) Técnico superior en análisis y control», debe decir: «a) Técnico superior de formación profesional específica de la familia química o equivalentes».
En la página 14.477 en la categoría 069 del grupo III, donde dice: «y tres años de experiencia acreditada en la Administración Pública», debe decir: «y tres años de experiencia acreditada en la misma categoría en la Administración pública».
En la página 14.477 en la categoría 003 del grupo IV se debe suprimir el apartado b).
En la página 14.477 en la categoría 10D del grupo V, donde dice: «curso de técnico superior en salvamento acuático», debe decir: «curso de socorrista en salvamento acuático o equivalente expedido por alguna de las federaciones de salvamento y socorrismo».