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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 235 Miercoles, 03 de diciembre de 2003 Pág. 14.869

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

CÉDULA de 6 de noviembre de 2003, del Servicio de Protección del Patrimonio Cultural, por la que se notifica la incoación del expediente sancionador S-P-33/02, en materia de protección del patrimonio cultural de Galicia.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero), se le notifica la incoación del expediente sancionador S-P-33/02 por infracción de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia, a la persona que a continuación se relaciona.

Los interesados dispondrán de un plazo de 15 días, a contar desde el siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acuerdo, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen pertinentes, y, en su caso, proponer prueba, concretando los medios de que pretendan valerse (artículo 16.1º del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado mediante Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto).

En caso contrario, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo previsto en el artículo 16.1º, el acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado mediante el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

Los interesados disponen de un plazo de 10 días, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, para examinar el expediente e interponer, dentro del plazo que en cada caso se establezca, el recurso pertinente.

Santiago de Compostela, 6 de noviembre de 2003.

Mª Isabel Martínez-Pedrayo Valeiras

Jefa del Servicio de Protección

del Patrimonio Cultural

ANEXO

Nº de expediente: S-P-33/02.

Interesado: José Antonio Cabreira Hermida.

Dirección: calle Conde de Torrecedeira, nº 74, 4º D, 36202 Vigo (Pontevedra).

Asunto: construcción de un galpón de 53 m en una finca situada en el lugar de Fragoselo (camiño da Parrocha), parroquia de San Salvador de Coruxo (municipio de Vigo, Pontevedra), dentro del área de protección de 200 m del yacimiento arqueológico denominado Petroglifo do Alto de Balteiros (con la clave de identificación GA36057117), y en el área de pro

tección de 50 m de un hórreo centenario (incluido en el inventario del patrimonio etnográfico inmobiliario del municipio de Vigo, con la clave H/CX/120), careciendo de la previa y preceptiva autorización de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo de la Xunta de Galicia.

Precepto infringido: artículo 91 h) de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.

Precepto sancionador: artículo 95 de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.