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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 234 Martes, 02 de diciembre de 2003 Pág. 14.806

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS

ORDEN de 10 de noviembre de 2003 por la que se acuerda la denegación de la prórroga y extinción de diversas concesiones administrativas que amparan los parques de cultivo de moluscos de la zona de O Carril, distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa (Pontevedra).

Vistas las peticiones de prórroga de las concesiones que se citan en el anexo, resulta:

Antecedentes de hecho.

Primero.-Por Orden del Ministerio de Comercio de 7 de octubre de 1975 (BOE número 254) se otorgan

930 concesiones administrativas para la instalación de otros tantos parques de cultivo de moluscos en la zona de O Carril, distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, en precario y por un plazo de 10 años, prorrogables a petición de los interesados.

Por Orden de 14 de febrero de 1985 (DOG número 52) se otorga concesión administrativa para instalar un parque de cultivo de almejas y berberechos en el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, a favor de Andrés Cores Castro y Vicente Calo Martínez, con una superficie de 335 metros cuadrados.

Por Orden de 29 de octubre de 1984 (BOE número 224) se otorga concesión administrativa para instalar un parque de cultivo de almejas y berberechos en el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, a favor de Ramón Maneiro Gómez, con una superficie de 1.472 metros cuadrados.

Segundo.-Mediante Decreto 158/1991, de 16 de mayo, se declara de interés marisquero y urgente ejecución la revisión y reordenación de los citados parques de cultivo, con el objeto de proceder a una regularización de la situación de hecho existente, a la revisión de las circunstancias de titularidad de los parques y a la oportuna reordenación que adecue su situación y superficie a una explotación más racional de los recursos.

Tercero.-Aprobada la fase de revisión del citado proceso por resolución de la Dirección General de Marisqueo y Acuicultura de fecha 26 de diciembre de 1995, es necesario proceder al inicio de la fase de reordenación, de la cual surgirán las nuevas concesiones, para lo que resulta inexcusable desestimar, en este momento del proceso, tales peticiones de prórroga.

Fundamentos jurídicos.

Primero.-Este órgano es competente para resolver tales peticiones de conformidad con lo dispuesto en el Real decreto 3318/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de pesca y en la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia.

Segundo.-Teniendo en cuenta que el plazo de vigencia de las concesiones administrativas que amparan los citados parques expiró, y que de conformidad con lo dispuesto en el apartado C del artículo 72 de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, las concesiones se extinguirán por el vencimiento del plazo de otorgamiento sin que se solicitara y se concediese prórroga.

Por todo lo anterior, esta consellería, haciendo uso de sus atribuciones y competencias, acuerda denegar las prórrogas solicitadas y proceder de conformidad con el artículo 72 de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, a la extinción de las concesiones relacionadas en el anexo a la presente orden.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el conselleiro

de Pesca y Asuntos Marítimos, o recurso contencioso-administrativo que se interpondrá en el plazo de dos meses ante la jurisdicción contencioso-administrativa; ambos plazos se contarán desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 10 de noviembre de 2003.

Enrique César López Veiga

Conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos

ANEXO

1. Orden de 7 de octubre de 1975 (BOE número 254) por la que se otorgan 930 concesiones administrativas para instalación de otros tantos parques de cultivo de moluscos en la zona de O Carril, distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa.

PARCELA Nº NOMBRESUPERFICIE M

5ANTONIO MOLLINEDO SABORIDO 456

10RAMON LONGA DIOS 500

35JOSE MANEIRO GOMEZ 250

45FERNANDO BERRIDE TEIJEIRO1.525

165DOLORES SANMARTIN NUÑEZ 21

214JOSE MOLEDO LOPEZ 67

223MARIA DEL CARMEN MANEIRO CASTROMAN 66

740ANTONIO L. OTERO GONZALEZ 815

771JOSE MARIA MANEIRO GOMEZ 203

775CARMEN BARREIRO CASTAÑO 68

813MANUEL MANEIRO FERNANDEZ 333

889JOSE MARIA MANEIRO GOMEZ 34

895ANTONIO GIRALDEZ FABEIRO 30

2. Por Orden de 14 de febrero de 1985 (DOG número 52) se otorga concesión administrativa para instalar un parque de cultivo de almejas y berberechos en el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, a favor de Andrés Cores Castro y Vicente Calo Martínez, con una superficie de 335 metros cuadrados.

PARCELA Nº NOMBRESUPERFICIE M

EXP. 5502ANDRES CORES CASTRO E VICENTE CALO MARTINEZ 335

3. Por Orden de 29 de octubre de 1984 (DOG número 224) se otorga concesión administrativa para instalar un parque de cultivo de almejas y berberechos en el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, a favor de Ramón Maneiro Gómez, con una superficie de 1.472 metros cuadrados.

PARCELA Nº NOMBRESUPERFICIE M

EXP. 5492RAMON MANEIRO GOMEZ1.472