Vistas las peticiones de prórroga de las concesiones que se citan en el anexo, resulta:
Antecedentes de hecho.
Primero.-Por Orden del Ministerio de Comercio de 7 de octubre de 1975 (BOE número 254) se otorgan
930 concesiones administrativas para la instalación de otros tantos parques de cultivo de moluscos en la zona de O Carril, distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, en precario y por un plazo de 10 años, prorrogables a petición de los interesados.
Por Orden de 14 de febrero de 1985 (DOG número 52) se otorga concesión administrativa para instalar un parque de cultivo de almejas y berberechos en el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, a favor de Andrés Cores Castro y Vicente Calo Martínez, con una superficie de 335 metros cuadrados.
Por Orden de 29 de octubre de 1984 (BOE número 224) se otorga concesión administrativa para instalar un parque de cultivo de almejas y berberechos en el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, a favor de Ramón Maneiro Gómez, con una superficie de 1.472 metros cuadrados.
Segundo.-Mediante Decreto 158/1991, de 16 de mayo, se declara de interés marisquero y urgente ejecución la revisión y reordenación de los citados parques de cultivo, con el objeto de proceder a una regularización de la situación de hecho existente, a la revisión de las circunstancias de titularidad de los parques y a la oportuna reordenación que adecue su situación y superficie a una explotación más racional de los recursos.
Tercero.-Aprobada la fase de revisión del citado proceso por resolución de la Dirección General de Marisqueo y Acuicultura de fecha 26 de diciembre de 1995, es necesario proceder al inicio de la fase de reordenación, de la cual surgirán las nuevas concesiones, para lo que resulta inexcusable desestimar, en este momento del proceso, tales peticiones de prórroga.
Fundamentos jurídicos.
Primero.-Este órgano es competente para resolver tales peticiones de conformidad con lo dispuesto en el Real decreto 3318/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de pesca y en la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia.
Segundo.-Teniendo en cuenta que el plazo de vigencia de las concesiones administrativas que amparan los citados parques expiró, y que de conformidad con lo dispuesto en el apartado C del artículo 72 de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, las concesiones se extinguirán por el vencimiento del plazo de otorgamiento sin que se solicitara y se concediese prórroga.
Por todo lo anterior, esta consellería, haciendo uso de sus atribuciones y competencias, acuerda denegar las prórrogas solicitadas y proceder de conformidad con el artículo 72 de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, a la extinción de las concesiones relacionadas en el anexo a la presente orden.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el conselleiro
de Pesca y Asuntos Marítimos, o recurso contencioso-administrativo que se interpondrá en el plazo de dos meses ante la jurisdicción contencioso-administrativa; ambos plazos se contarán desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Disposición final
La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 10 de noviembre de 2003.
Enrique César López Veiga
Conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos
ANEXO
1. Orden de 7 de octubre de 1975 (BOE número 254) por la que se otorgan 930 concesiones administrativas para instalación de otros tantos parques de cultivo de moluscos en la zona de O Carril, distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa.
PARCELA Nº NOMBRE SUPERFICIE M
5 ANTONIO MOLLINEDO SABORIDO 456
10 RAMON LONGA DIOS 500
35 JOSE MANEIRO GOMEZ 250
45 FERNANDO BERRIDE TEIJEIRO 1.525
165 DOLORES SANMARTIN NUÑEZ 21
214 JOSE MOLEDO LOPEZ 67
223 MARIA DEL CARMEN MANEIRO CASTROMAN 66
740 ANTONIO L. OTERO GONZALEZ 815
771 JOSE MARIA MANEIRO GOMEZ 203
775 CARMEN BARREIRO CASTAÑO 68
813 MANUEL MANEIRO FERNANDEZ 333
889 JOSE MARIA MANEIRO GOMEZ 34
895 ANTONIO GIRALDEZ FABEIRO 30
2. Por Orden de 14 de febrero de 1985 (DOG número 52) se otorga concesión administrativa para instalar un parque de cultivo de almejas y berberechos en el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, a favor de Andrés Cores Castro y Vicente Calo Martínez, con una superficie de 335 metros cuadrados.
PARCELA Nº NOMBRE SUPERFICIE M
EXP. 5502 ANDRES CORES CASTRO E VICENTE CALO MARTINEZ 335
3. Por Orden de 29 de octubre de 1984 (DOG número 224) se otorga concesión administrativa para instalar un parque de cultivo de almejas y berberechos en el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, a favor de Ramón Maneiro Gómez, con una superficie de 1.472 metros cuadrados.
PARCELA Nº NOMBRE SUPERFICIE M
EXP. 5492 RAMON MANEIRO GOMEZ 1.472