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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 229 Martes, 25 de noviembre de 2003 Pág. 14.532

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (259/2003).

Yo, Jaime Balado Yáñez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña,

Doy fe y testimonio de que en autos seguidos ante este juzgado de lo social, tramitados bajo el número 259/2003, a instancia de José Mosquera Nouche contra la empresa Abruñedo y Fernández, S.L. y Fogasa sobre salarios, se dictó la siguiente:

«Sentencia.

En la ciudad de A Coruña, el 24 de octubre de 2003.

Jorge Hay Alba, magistrado-juez del Juzgado de lo Social número dos de esta ciudad, vio los presentes autos de juicio número 259/2003, seguidos a instancia de José Mosquera Nouche, mayor de edad, asistida por el letrado Manuel Rey Alvela, contra la empresa Abruñedo y Fernández, S.L., que no compareció en los autos, siendo el objeto de la reclamación, salarios.

Siguen hechos y fundamentos de derecho.

Decido que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por José Mosquera Nouche contra la empresa Abruñedo y Fernández, S.L, condenando a la demandada a abonarle al demandante la cantidad de 7.033,43 euros por los conceptos reclamados en la demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal de Justicia de Galicia, anunciándose ante este juzgado en el plazo de cinco días contado a partir de la notificación de esta sentencia y, en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de la justicia gratuita deberá, al anunciarlo, entregar el justificante acreditativo de consignación de la cantidad objeto de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banesto de esta ciudad, con el número de cuenta 0030-6349-0000-5603, clave 60, haciendo constar en el ingreso el número de expediente.

Y, asimismo, deberá, en el momento de interponer el recurso, consignar la cantidad de 150,25 euros en concepto de depósito en la clave 65 de la citada cuenta y expediente.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a la empresa, cuyo domicilio es desconocido, mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo esta cédula de notificación en A Coruña el 24 de octubre de 2003.

El secretario judicial

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