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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 227 Viernes, 21 de noviembre de 2003 Pág. 14.440

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 23 de octubre de 2003, de la Delegación Provincial de Ourense, por el que se notifica la resolución del expediente sancionador de incendios OU 029/03 IN, devuelto por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que en el anexo se menciona la resolución del correspondiente expediente sancionador, por presunta infracción a la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre incendios forestales, y de su reglamento, aprobado por el Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, en relación con la Resolución de 11 de febrero de 2003, de la Dirección General de Montes e Industrias Forestales, sobre medidas para la prevención de incendios forestales durante el año 2003, al no ser posible su notificación a través del servicio de correos.

No obstante, de acuerdo con los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente publicación.

El pago voluntario podrá implicar la terminación del procedimiento sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes (artículo 8.2º del Real decreto 1398/1993). El importe de la sanción

que en cada caso corresponda se hará efectivo en la cuenta de recaudación de multas y sanciones de la Xunta de Galicia empleando el impreso oficial que se facilitará en la Delegación Provincial de Ourense en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la presente notificación y una vez producida la firmeza de esta resolución -la firmeza se producirá al no interponer recurso en el plazo indicado-. De no hacerlo dentro del plazo señalado, se procederá a su cobro por la vía administrativa de apremio.

Plazos establecidos en el artículo 20 del Reglamento general de recaudación:

-Las sanciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

-Las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se presentase, esta resolución será firme a todos los efectos reglamentarios.

Ourense, 23 de octubre de 2003.

Agustín Prado Verdeal

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Expte. nº/año: OU 029/03 IN.

Denunciada: Marisol Solero González.

DNI: 15342338.

Última dirección conocida: c/ Cuesta del Sol nº 6, 32700 Maceda.

Hecho denunciado: abandono de vehículo, OR-4999-F.

Precepto infringido y sancionador: artículo 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 11-2-2003 de la DGM e Industrias Forestales.

Sanción: 300,51 euros.

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES

LABORALES