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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 227 Viernes, 21 de noviembre de 2003 Pág. 14.423

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO OCHO DE A CORUÑA

EDICTO (226/2003-CH).

María Pilar Cuenca Sánchez, secretaria del Juzgado de Primera Instancia número ocho de A Coruña,

Hago saber: que en este juzgado y con el número 226/2003-CH, se siguen autos de juicio verbal entre las partes que se indicarán, en cuyas actuaciones se ha dictado sentencia de fecha 29 de septiembre de 2003, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Antonio Fraga Mandián, magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia número ocho de A Coruña, en nombre del Rey, ha dictado la siguiente sentencia número 168.

A Coruña, 29 de septiembre de 2003.

Una vez vistos los presentes autos de juicio verbal número 226/2003-CH, promovidos por José Ramón Suárez-Agra Gómez representado por la procuradora Carmen Camba Méndez y defendido por el letrado Xuan Antón Pérez Lema, contra María del Carmen Fernández García incomparecida, sobre desahucio fundado en el impago de la renta y/o cantidades debidas.

Fallo que estimando íntegramente la demanda inicial de estas actuaciones, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que sobre la vivienda sita en la c/ Montevideo nº 10, piso 5, derecha, de esta ciudad, existía entre el actor y la demandada María del Carmen Fernández García, por falta de pago de las rentas pactadas y consecuentemente, debo declarar y declaro que ha lugar el desahucio de la demandada de la expresada finca, condenándola a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que haga suelta dejación de la misma a la libre y entera disposición del demandante dentro del plazo legal, apercibiéndola de lanzamiento si así no lo hace, todo ello con expresa condena de costas a la demandada».

Para que así conste, para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado, y para que sirva de notificación a María del Carmen Fernández García, declarada en rebeldía, a la que se hace saber que la anterior resolución no es firme y que contra ella caben los recursos señalados en la misma, expido y firmo este edicto en A Coruña a 29 de septiembre de 2003.

La secretaria

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