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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 223 Lunes, 17 de noviembre de 2003 Pág. 14.191

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

CÉDULA de 22 de octubre de 2003, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se notifica la incoación del expediente sancionador OU-S-74/2003 de 26 de agosto de 2003, por infracciones leves en materia de turismo.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de diciembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, del 1 de enero), se notifica a la persona que a continuación se relaciona la incoación del expediente sancionador nº OU-S-74/2003, de la Delegación Provincial de Cultura, Comunicación Social y Turismo de Ourense, ya que, intentada por los medios habituales, no pudo practicarse.

Se advierte al titular del establecimiento denunciado que, conforme a los dispuesto en el artículo 13.2º del Real decreto 1398/1993, en el caso de no efectuar alegaciones en el plazo de quince días, y teniendo en cuenta que el referido acuerdo contiene un pronunciamiento preciso sobre la responsabilidad que se le imputa, éste podrá ser considerado como propuesta de resolución.

Ourense, 22 de octubre de 2003.

José Luis Pérez Pérez

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Expediente: OU-S-74/2003.

Titular sancionado: Benjamín Herrero Prada.

Establecimiento: club As Leandras.

Domicilio: rúa Xirimil 131.

Localidad: O Barco de Valdeorras

Resolución: 26 de agosto de 2003.

Preceptos infringidos: artículos 86.2º y 86.11º de la Ley 9/1997, de 21 de agosto, de ordenación y promoción del turismo en Galicia.

Sanción: ciento cincuenta euros (150 euros) por cada una de las infracciones.