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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 222 Viernes, 14 de noviembre de 2003 Pág. 14.147

VI. ANUNCIOS

OTROS ANUNCIOS

CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO DE OURENSE

ANUNCIO de 10 de noviembre de 2003 por el que se convoca concurso de méritos para la provisión de la plaza de secretario general de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Ourense.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2º de la Ley 3/1993, de 22 de marzo, básica de las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación de España, y el artículo 36 del Reglamento de régimen interior, se convoca concurso público de méritos para proveer la plaza de secretario general de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Ourense, con arreglo a las siguientes bases:

Bases y condiciones:

Primera.-Para poder tomar parte en este concurso se requiere:

a) Ser español, o ciudadano de un país miembro de la Unión Europea.

b) Ser mayor de edad.

c) Estar en posesión del título de licenciado en derecho.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias del cargo.

e) No ostentar cargo alguno en el Pleno de la Cámara.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, de las comunidades autónomas, de la Administración local o institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

g) Someterse al régimen de incompatibilidades establecidas en el Reglamento de régimen interior. En cualquier caso será incompatible con el ejercicio de cualquier cargo, profesión o actividad pública o privada que pueda impedir el cumplimiento de sus deberes.

Segunda.-Las instancias para tomar parte en este concurso se dirigirán al presidente de la Cámara de Comercio e Industria de Ourense, c/ avda. de la Haba

na-30 bis Ourense, en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Tercera.-El tribunal estará formado por:

-Presidente de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Ourense.

-Un representante del Comité Ejecutivo, designado por el Pleno.

-Un representante de la Consellería de Innovación, Industria y Comercio.

Actuará como secretario del tribunal, con voz y sin voto, el miembro del Comité Ejecutivo de la cámara de menor edad.

Cuarta.-Una vez expirado el plazo de presentación de instancias, el tribunal, procederá en el plazo de quince días hábiles, a la valoración de los méritos de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Desempeñar o haber desempeñado con laboriosidad y eficacia el puesto de secretario general en administraciones públicas, instituciones pública, organizaciones privadas u órganos de gobierno de instituciones de derecho público:

-Hasta 5 años: 5 puntos.

-Hasta 10 años: 10 puntos.

-Más de 10 años: 25 puntos.

b) Desempeñar o haber desempeñado, con laboriosidad y eficacia puestos de técnico en la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Ourense o en cualquier otra del ámbito nacional: 5 puntos.

La puntuación máxima por los conceptos a) y b) será de 25 puntos.

c) Estar en posesión de títulos de formación complementaria de posgrado: máster, cursos superiores o de cursos de especialización: 5 puntos por cada curso superior a 150 horas con un máximo de 10 puntos.

d) Acreditar estar en posesión de conocimientos informáticos: máximo 2,5 puntos.

e) Acreditar conocimientos de idiomas: máximo 2,5 puntos.

f) Entrevista personal: máximo de 20 puntos.

Puntuación máxima 60 puntos.

Quinta.-El presidente de la cámara dispondrá de la convocatoria de un pleno. Dicho pleno, en sesión extraordinaria, designará para el cargo, objeto del concurso, a la persona que resulte elegida, comunicando dicho acuerdo a la Administración tutelante.

Sexta.-El concursante propuesto ante el Pleno de la Cámara para ocupar la plaza, aportará dentro de un plazo de diez días siguientes al requerido para ello todos los documentos acreditativos de las condiciones exigidas en la convocatoria o alegadas en su solicitud de participación en este concurso.

Séptima.-El nombramiento de secretario general aprobado por el pleno se notificará al interesado, que deberá tomar posesión dentro del plazo máximo de treinta días, contados desde la notificación del nombramiento. Este plazo podrá ser prorrogado por causa justa, a petición del interesado quien deberá solicitarlo con anterioridad a la terminación de aquel.

Octava.-En el supuesto de que efectuado el requerimiento señalado, en la base sexta, o notificado el concursante nombrado, para tomar posesión, dejase transcurrir los plazos previstos sin presentar aquellos documentos o tomar posesión de su plaza, la cámara le declarará decaído en derecho, y podrá proceder, sin otros trámites a efectuar nuevo nombramiento a favor del concursante que siga inmediatamente en méritos al anteriormente nombrado.

Novena.-El concursante que obtuviera el cargo quedará obligado a permanecer un mínimo de dos años en el puesto, antes de poder solicitar su separación temporal. El secretario general tendrá los derechos y deberes establecidos en Ley de bases 3/1993 y en particular en el Reglamento de régimen interior de la Cámara de Comercio e Industria de Ourense.

Ourense, 10 de noviembre de 2003.

Fernando Fontán Quintás

Presidente

COLEGIO OFICIAL DE ODONTÓLOGOS

Y ESTOMATÓLOGOS DE LUGO