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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 220 Miercoles, 12 de noviembre de 2003 Pág. 13.951

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

DECRETO 402/2003, de 29 de octubre, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción de la conexión entre las carreteras PO-310 y PO-531 en Campañó (Poio), tramo: II, clave: PO/02/017.01.02.

Con fecha de 20 de noviembre de 2000 el director general de Obras Públicas, por delegación del con

selleiro de Política Territorial, Obras Públicas e Vivenda aprobó el proyecto de construcción de la conexión entre las carreteras PO-310 y PO-531 en Campañó (Poio), tramo: II, clave: PO/02/017.01.02.

Los bienes y derechos en los que se concreta la declaración de urgente ocupación aparecen recogidos y valorados en el citado proyecto.

La competencia para efectuar la declaración de urgente ocupación la tiene atribuida la Xunta de Galicia en virtud del artículo segundo del Decreto 156/1982, de 15 de diciembre, sobre asunción de transferencias en materia de carreteras y su asignación a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Vivenda, considerándose justificada en la referida declaración de urgente ocupación por su incidencia en la seguridad vial, tanto del tramo que une las glorietas situadas sobre la PO-531 y sobre la PO-310 como del camino de O Vao ambos incluidos en Plan General de Poio, ya que es necesario completar, en esta zona, la estructura general y orgánica del territorio del Ayuntamiento de Poio y, también, organizar la red de carreteras (autopista PO-531, PO-310, vías locales de Poio, vías locales de Pontevedra...) que facilite el flujo de vehículos entre Poio, Pontevedra, Sanxenxo y Vilagarcía de Arousa completando otras actuaciones de la Comunidad Autónoma que, sin la presente no

permitiría completar los objetivos de mayor seguridad de peatones y mayor fluidez y, en consecuencia, menor siniestralidad en el tráfico de vehículos pesados y ligeros en la zona.

En virtud de todo lo expuesto y en aplicación del artículo 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia y de los artículos 10 y 52 de la Ley de expropiación forzosa, en relación con lo previsto en el artículo 16 de la Ley 4/1994, de 14 de septiembre de carreteras de Galicia, a propuesta del conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda y previa deliberación del Consello de la Xunta en su reunión del día veintinueve de octubre de dos mil tres,

DISPONGO:

Artículo único.-Declarar la utilidad pública y la urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios y que se concretan en el expediente administrativo instruido, a efectos de expropiación, en el proyecto de construcción de la conexión entre las carreteras PO-310 y PO-531 en Campañó (Poio), tramo: II, clave: PO/02/017.01.02.

Santiago de Compostela, veintinueve de octubre de dos mil tres.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Alberto Núñez Feijoo

Conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas

y Vivienda