Por orden de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 17 de junio de 2003, se convocaron ayudas económicas para alumnos y profesores de centros docentes que participen en proyectos de movilidad transnacional en el marco del programa europeo de formación profesional Leonardo da Vinci durante el año 2003.
A la vista de la propuesta de la comisión de selección prevista en el artículo 5 de la citada orden,
RESUELVO:
Primero.-Conceder con cargo al concepto presupuestario 07.04.322T.481.0 de la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional, las ayudas que se relacionan en el anexo.
Segundo.-De acuerdo con el artículo 7 las ayudas serán abonadas de la siguiente forma:
Las ayudas se abonarán una vez finalizada la actividad y tras su completa justificación económica y entrega de la memoria de actividades por parte de la entidad colaboradora de la gestión de ayudas públicas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 287/2000, de 21 de noviembre, adjuntando la documentación a la que hace referencia el apartado 2º del artículo 8, en el plazo máximo de un mes contado a partir del remate de las actividades.
Tercero.-Obligaciones de los beneficiarios.
1. Aceptar la ayuda concedida. En este sentido, si en el plazo de quince días, contados a partir de la recepción de la comunicación por la que se notifica la concesión de la ayuda, el centro beneficiario no acepta la misma, se entenderá que renuncia a su percepción.
2. Facilitar la información requerida y someterse a las acciones de comprobación o control financiero que pueda efectuar la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria y los organismos competentes.
3. Justificar la correcta inversión de las ayudas recibidas, mediante la presentación de la siguiente documentación:
3.1. Memoria.
Los centros beneficiarios enviarán una memoria de las actividades realizadas que incluya:
a) Resumen del desarrollo de la actividad realizada.
b) Objetivos conseguidos.
c) Procedimiento de evaluación utilizado, resultados obtenidos y difusión que se realizó de los mismos.
3.2. Justificación de los gastos efectuados.
En el caso de centros educativos, una certificación del Consello Escolar del centro aprobatoria del gasto, adjuntando una relación detallada de las facturas y recibos que servirán de justificantes del proyecto realizado.
En el caso de centros de formación continuada del profesorado, certificación del director/a aprobatoria del gasto, adjuntando una relación detallada de las facturas y recibos que servirán de justificantes del proyecto realizado.
Cuarto.-Contra la presente resolución los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el DOG, según lo dispuesto en la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Santiago de Compostela, 3 de noviembre de 2003.
Celso Currás Fernández
Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria
ANEXO
DE DESTINO
CENTRO ESCOLAR PROVINCIA TÍTULO DEL PROYECTO PAÍS
AYUDA CONCEDIDA
BÉLGICA
FRANCIA,
MALTA,
IRLANDA DO LOURO
MALTA DO LOURO
DA AUGA DA AUGA
ITALIA,
REINO UNIDOIES FONTIÑAS A CORUÑA EUROPEAN SECRETARIES REINO UNIDO
10.434
IES LUIS SEOANE PONTEVEDRA F.A.P.E. ALEMANIA,
1.129
IES RIBEIRA
PONTEVEDRA ELECTRONIC COMMERCE SKILLS DEVELOPTMENT IN EUROPE IRLANDA
5.638,75
IES RIBEIRA
PONTEVEDRA TRAINING FOR A HIGHER TECHINCIAN IN ECOMMERCE MALTA 687
IES MELIDE A CORUÑA MOVILIDAD EN EL ÁMBITO DE LA MADERA ALEMANIA 981,64
IES PORTA
LUGO AUTOTRAINER ITALIA 4.392
IES PORTA
LUGO BOOMERANG ITALIA 3.400
IES TEIS PONTEVEDRA SPA PLACEMENTS SUECIA 1.295
IES TEIS PONTEVEDRA HAIRDRESSING &BEAUTYTHERAPY IN EUROPE SUECIA 679,60
IES TEIS PONTEVEDRA BODYCARE IN SPAS 2002 HOLANDA 5.258
IES TEIS PONTEVEDRA BODYCARE IN SPAS 2001 HOLANDA 840
IES ESCOLAS PROVAL PONTEVEDRA ESCOLAS PROVAL EN EUROPA FRANCIA,
9.667
TOTAL
44.401,99