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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 218 Lunes, 10 de noviembre de 2003 Pág. 13.865

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE A CORUÑA

EDICTO (354/2003).

Yo, Agustín Ignacio Pena López, secretario del Juzgado de lo Social número uno de A Coruña, hago saber que en los autos nº 354/2003 seguidos a instancia de José Francisco Calvo Rama contra Solpro, S.L. sobre reclamación de cantidades, la magistrada jueza de este juzgado, Isabel Olmos Parés, dictó sentencia, con fecha 3 de octubre de 2003, con la siguiente parte dispositiva:

«Que estimando la demanda presentada por José Francisco Calvo Rama, debo declarar y declaro el derecho del actor a percibir la cantidad de 3.627 euros por los conceptos que se expresan en el hecho probado segundo de esta resolución y en ese sentido debo condenar y condeno a la empresa Solpro, S.L. a que estando y pasando por tal declaración abone al actor la cantidad de 3.627 euros en concepto de salarios más el 10% de intereses por mora desde la fecha de su correspondiente devengo.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se les hará saber que en contra de dicha resolución cabe recurso de suplicación, que deberá anunciarlo su abogado o representante legal designado al efecto, ante este juzgado, en el plazo de cinco días contado a partir de la notificación de esta sentencia, por comparecencia o por escrito de las partes. Es posible el anuncio por mera manifestación de la parte recurrente al ser notificada, y será resuelto, en su caso y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. La empresa condenada deberá, además, acreditar al anunciar el recurso, haber consignado el importe de la condena en la cuenta de consignaciones de este juzgado, abierta en el BBV, cuenta nº 5602-60, y que puede sustituirse por el aseguramiento mediante aval bancario, con la constancia de la responsabilidad solidaria del avalista, más otra cantidad de 150,25 euros en la misma cuenta y en calidad de depósito, en un

impreso separado del del importe de la condena.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que le sirva de notificación a la empresa Solpro, S.L. que tuvo su último domicilio conocido en Oleoducto, 13, A Coruña, y que en la actualidad se desconoce, y a fin de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo este edicto en A Coruña a 3 de octubre de 2003.

El secretario judicial

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