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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 215 Miercoles, 05 de noviembre de 2003 Pág. 13.674

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS

ORDEN de 9 de octubre de 2003 por la que se autoriza la transmisión mortis causa de la concesión de la batea Tino IV.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de la batea Tino IV y de la concesión administrativa que lo ampara, resulta:

a) Antecedentes de hecho.

Primero.-Mediante escrito de fecha 19-7-2002, Pablo Triñanes Fernández y otros solicitó autorización para la transmisión de la concesión de la batea Tino IV.

Segundo.-Los informes del Servicio de Protección de los Recursos sobre las características de la batea y del Servicio Técnico Jurídico sobre la tramitación del expediente son favorables.

b) Fundamentos jurídicos.

Primero.-Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia, y con la Orden de 14 de junio de 1999, de delegación de competencias en los delegados territoriales de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos.

Segundo.-El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999, por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, la propuesta de resolución elaborada por el Servicio de Recursos Marinos, el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás normas de general y pertinente aplicación, tuve a bien dictar la siguiente resolución:

Autorizar la transmisión mortis causa, a favor de José Triñanes Mariño (33200638-T), Mª de los Ángeles, Lidia, Martín y Pablo Triñanes Fernández (52933549-S, 52933548-Z, 52933546-N e 52933547-J, respectivamente) de la concesión administrativa de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Tino IV.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 27.

Polígono: C.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden de otorgamiento: 29-2-1964 (BOE/DOG nº 77, del 30 de marzo).

Remate de la vigencia: 30-3-2004.

Antiguo titular: Francisca Fernández Díaz (76506998-M).

Nuevos titulares: José Triñanes Mariño (33200638-T), 4/8 proindivisos; Mª de los Ángeles, Lidia, Martín y Pablo Triñanes Fernández (52933549-S, 52933548-Z, 52933546-N e 52933547-J, respectivamente), 1/8 proindiviso para cada uno de ellos, de la concesión administrativa de la batea.

Los nuevos titulares de la concesión quedan subrogados en los derechos y obligaciones del anterior.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa que se interpondrá, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 9 de octubre de 2003.

P.D. (Orden 14-6-1999, DOG nº 120, del 24 de junio)

Beatriz Mato Otero

Delegada territorial de A Coruña