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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 214 Martes, 04 de noviembre de 2003 Pág. 13.597

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

ORDEN de 24 de octubre de 2003 por la que se convocan los programas Ven al Camino y Ven a la Ruta Marítima Jacobea para el año 2004, y, dependiente de éstos, el concurso Ven al Camino y Ven a la Ruta Marítima Jacobea 2004.

La Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo viene desarrollando estos últimos años una serie de acciones tendentes al acercamiento de la población al Camino de Santiago, y merece especial atención la convocatoria de los programas Ven al Camino y Ven a la Ruta Marítima Jacobea.

Estos programas nacieron con el objetivo de dar a conocer la realidad del Camino y su entorno, así como sus valores y sensibilidades. Por otra parte, pretende promover el interés por el Camino entre los jóvenes y las instituciones encaminadas a la formación y organización de actividades de ocio y tiempo libre, siendo su fin último la promoción de las distintas rutas jacobeas.

Los objetivos señalados se cumplieron sobradamente y, dado el elevado número de interesados en participar en los referidos programas, se considera necesario convocar una nueva edición de los mismos.

Asimismo, la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo convoca la cuarta edición del concurso Ven al Camino y Ven a la Ruta Marítima Jacobea 2004, con la finalidad de complementar los programas Ven al Camino y Ven a la Ruta Marítima Jacobea, estimulando y fomentando la participación de los jóvenes en el desarrollo de acciones que contribuyen a la consecución del objetivo común de conocimiento y difusión del Camino de Santiago, materializando a través de expresión escrita, plástica, o ambas, la realidad del Camino.

Por todo lo expuesto y a través de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago en el uso de sus competencias conferidas por el Decreto 8/1998, de 8 de enero, que regula el desarrollo de la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, y de las facultades que me confieren los artículos 34 y 38 de la Ley 1/1983, reguladora de la Xunta y de su presidente,

DISPONGO:

Artículo 1º

1. La Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo convoca los programas Ven al Camino y Ven a la Ruta Marítima Jacobea, dirigidos a los jóvenes de acuerdo con las bases que figuran en los respectivos anexos de la presente orden.

a) El programa Ven al Camino ofrece dos días de estancia y recorrido por puntos emblemáticos y significativos del Camino Francés, Camino Primitivo, Camino Norte, Camino Inglés, Camino Fisterra-Muxía, Camino Portugués y Vía de la Plata, con alojamiento de una noche en los albergues que se señalan en la base novena del anexo I de la presente orden.

b) El programa Ven a la Ruta Marítima Jacobea ofrece un viaje con salida desde O Grove, remontando el Ulla hasta Pontecesures o Padrón, y un itinerario terrestre por lugares emblemáticos de esta zona señalados en la base primera del anexo II de la presente disposición.

2. Igualmente, la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo convoca el concurso Ven al Camino y Ven a la Ruta Marítima Jacobea 2004, dirigido a los jóvenes integrados en las entidades beneficiarias que realicen cualquiera de los programas previstos en los apartados a) y b) del artículo 1º.1. El citado concurso consistirá en la realización de un trabajo de expresión escrita o plástica, o combinación de ambas, a desarrollar individualmente por cada uno de los miembros integrantes del grupo, según modelo oficial puesto a disposición por la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago. Cada grupo presentará tres trabajos previamente seleccionados de la totalidad por el responsable del mismo, con los cuales podrán optar al premio previsto en el anexo III de la presente orden que regula las bases de dicho concurso.

Artículo 2º

1. Estos programas son excluyentes, lo que significa que sólo se podrá optar a uno de los dos descritos en los apartados a) y b) del artículo 1º.1 y que cada entidad solicitante deberá remitir única y exclusivamente una instancia y para un solo grupo.

2. El desarrollo de estos programas se hará de acuerdo con lo dispuesto en las bases que figuran en los anexos I y II de la presente orden.

Artículo 3º

1. El importe total del crédito destinado para esta convocatoria, que integra los programas y el concurso, es de 28.788,47 euros.

2. a) El libramiento de los gastos originados por estos programas y el concurso se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 10.01.353-D.640.0 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2004, teniendo en cuenta que, en todo caso, el gasto proyectado se sujetará a la existencia de crédito adecuado y suficiente para tal fin en dichos presupuestos y a lo dispuesto en la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 11 de febrero de 1998.

b) Las ayudas percibidas con cargo a estos programas se podrá acumular con otras ayudas públicas, subvenciones, ingresos o recursos percibidos para el mismo fin hasta el máximo del coste de la actividad subvencionada.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 24 de octubre de 2003.

Jesús Pérez Varela

Conselleiro de Cultura, Comunicación

Social y Turismo

ANEXO I

Bases que rigen la convocatoria del programa Ven al Camino

Primera.-Podrán acogerse a este programa todas las instituciones y organismos tradicionalmente vinculados a actividades con jóvenes: centros de enseñanza, clubes juveniles, catequesis parroquiales, escuelas de tiempo libre, corales y rondallas juveniles, etc.

Segunda.-La Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, a través de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago y en el desarrollo de este programa, pondrá a disposición de los participantes:

-Los albergues.

-Un informador del camino especializado en la zona.

-La cantidad de 300,51 euros en concepto de ayuda para los gastos de transporte por cada institución u organismo.

La atención y cuidado del grupo, su traslado y manutención serán responsabilidad de la institución u organismo participante, responsable también del comportamiento del grupo en relación con las normas del albergue. La ausencia de un comportamiento mínimamente adecuado a estas normas y convenientemente valorado por la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago podría ser motivo de anulación de la subvención y, en su caso, de exclusión de la entidad en posteriores convocatorias, sin perjuicio de que puedan igualmente exigirse las responsabilidades procedentes.

Tercera.-El número de participantes por cada grupo no será inferior a 20 ni superior a 35, dependiendo del albergue elegido, incluyendo en este número los adultos acompañantes, que no excederán de 5.

Cuarta.-Cada agrupación llevará carteles promocionales del programa, facilitados por la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, en el vehículo en el que efectúen los viajes.

Quinta.-Los interesados enviarán una única solicitud en el modelo oficial que figura al final de esta orden, a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, Gerencia de Promoción del Camino de Santiago; edificio administrativo San Caetano, bloque 3, 15771 Santiago de Compostela. También podrán presentar la misma en las dependencias de las delegaciones provinciales de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo. Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En consecuencia, no serán admitidas las solicitudes enviadas por fax, teléfono o cualquier otro medio que no figure en el artículo citado.

Sexta.-En las solicitudes se incluirán los datos identificadores del grupo: colegio o institución, número de participantes inicialmente previsto y edades, persona o personas responsables, teléfono y fax de contacto, horario de localización, declaración de conjunto de las ayudas solicitadas, efectuadas o concedidas ante las administraciones o entes públicos para la misma finalidad, itinerarios y fechas preferentes para el viaje. Se recomienda poner varias fechas, por orden de preferencia, sin que esta elección suponga derecho alguno a favor del solicitante, puesto que serán simplemente orientativas para el órgano de tramitación.

La fecha finalmente adjudicada y comunicada a la entidad solicitante no podrá ser modificada, de forma que la imposibilidad de realizar el viaje en la fecha prevista supondrá la renuncia al mismo, salvo supuestos de fuerza mayor en la medida que las disponibilidades lo permitan.

Séptima.-Los grupos participantes en el programa no excederán de 60 y serán seleccionados por orden de recepción de solicitud, y teniendo en cuenta la diversidad de caminos, siempre que cumplan los requisitos que figuran en las bases.

Asimismo, se prevé la confección de una lista de espera para las vacantes que pudieran producirse. No podrán incorporarse a dicha lista de espera quienes, habiendo solicitado los dos programas, ya se le hubiera concedido uno, ni aquellas solicitudes presentadas fuera de plazo.

La presentación de las solicitudes se hará en el plazo de 45 días hábiles desde la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia.

Su tramitación se llevará a cabo por los servicios técnicos de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, con sujeción a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

La concesión de la ayuda estará sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución.

El plazo máximo de resolución previsto en este procedimiento será de seis meses a contar desde el día siguiente al último día para la presentación de las solicitudes.

No obstante lo anterior, en el supuesto de que no hubiese recaído resolución expresa dentro del plazo máximo previsto, el sentido del silencio será negativo.

La resolución, que corresponderá al conselleiro de Cultura, Comunicación Social y Turismo, se notificará a los interesados según lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Contra dicha resolución los interesados podrán interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, o bien presentar directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Octava.-Los viajes se celebrarán:

-Camino Francés:

a)Entre el 14 de febrero y el 31 de marzo (ambos inclusive) del año 2004.

-Camino Primitivo, Camino Norte, Camino Inglés, Camino Fisterra-Muxía, Camino Portugués y Camino Sudeste-Vía de la Plata:

a) Entre el 14 de febrero y el 30 de abril (ambos inclusive) del año 2004.

b) Entre el 1 y el 31 de octubre (ambos tamén inclusive) del año 2004.

La duración será de dos días (una noche) que puede ser o no en fin de semana.

Cada grupo solicitante estará obligado a confirmar su asistencia o su renuncia con, al menos, siete días de antelación a la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, por escrito o mediante fax: 981 54 48 70.

Novena.-Los albergues en los que se podrá alojar a los solicitantes son los siguientes:

Triacastela, Portomarín, Melide, Lugo, Lourenzá, Miño, Fisterra, Redondela, Tui, Padrón, Villalba, Baamonde, Pontevedra, Ourense y San Cristovo de Cea; excepto en casos imprevistos, que se podrán utilizar otros albergues o lugares alternativos de alojamiento en el Camino.

Los itinerarios que se sugieren son meramente indicativos, pudiendo ser ajustados y acortados, pero sin variar el albergue que deba servir de alojamiento.

R-1. O Cebreiro-Triacastela-Samos, con alojamiento en el albergue de Triacastela.

R-2. Sarria-Paradela-Portomarín, con alojamiento en el albergue de Portomarín.

R-3. Monterroso-Palas de Rei-Melide-Arzúa-Toques-Sobrado-O Pino, con alojamiento en el albergue de Melide.

R-4 O Acevo-A Fonsagrada-O Cádavo-Lugo, con alojamiento en el albergue de Lugo.

R-5. Ribadeo-Barreiros-Trabada-Lourenzá-Mondoñedo, con alojamiento en el albergue de Lourenzá.

R-6. Abadín-Vilalba-Baamonde-Friol-Sobrado, con alojamiento en el albergue de Vilalba (o Baamonde).

R-7. Pontedeume-Miño-Betanzos, con alojamiento en el albergue de Miño.

R-8. Muxía-Cee-Corcubión-Fisterra, con alojamiento en el albergue de Fisterra.

R-9. Tui-O Porriño-Mos-Redondela, con alojamiento en el albergue de Redondela (o Tui).

R-10. Pontevedra-Barro-Portas-Caldas de Reis-Valga-Cesures-Padrón, con alojamiento en el albergue de Padrón (o Pontevedra).

R-11. Ourense-Cambeo-San Cristovo de Cea, con alojamiento en el albergue de San Cristovo de Cea (u Ourense).

Décima.-Para que se pueda tramitar el pago y como condición indispensable para el cobro de la subvención, una vez realizado el viaje es imprescindible enviar a la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, en el plazo de veinte días naturales desde la realización del viaje, la siguiente documentación:

-Factura original expedida por la empresa transportista a la entidad beneficiaria que justifique de modo expreso y desglosado los gastos de transporte.

-Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante.

-Certificación bancaria original y actualizada, acreditativa de la titularidad de la cuenta donde desea recibir la transferencia el beneficiario.

-Parte firmado por el informador cultural o, en su caso, por el encargado del albergue, así como por la persona responsable del grupo, para justificar la realización del viaje.

-Presentación de tres trabajos seleccionados de la totalidad, por la persona responsable del grupo, y realizados según modelo oficial, puesto a disposición por esta gerencia y con los cuales participará en el concurso, regulado según lo dispuesto en el anexo III de la presente orden.

-Declaración de conjunto de las ayudas solicitadas, efectuadas o concedidas ante las administraciones o entes públicos para la misma finalidad.

Si la citada justificación no tuviese lugar en el plazo anteriormente establecido, se procederá a la anulación de la subvención.

En cualquier caso, los interesados deberán facilitar toda la información que les sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de las funciones de fiscalización y control del destino de las ayudas.

Undécima.-La Gerencia de Promoción del Camino de Santiago resolverá cualquier duda que pueda surgir de las bases que regulan este programa, sin que en ningún caso pueda haber contradicción con lo dispuesto en éstas.

ANEXO II

Bases que rigen la convocatoria del programa Ven a la Ruta Marítima Jacobea

Primera.-El recorrido constará de dos fases:

a) El remonte fluvial del Ulla entre O Grove y Padrón.

b) Un itinerario en autobús por el área de esta zona. En este segundo itinerario, el grupo contará con el apoyo de un informador cultural que ofertará un recorrido único, pero adaptable a las necesidades del grupo y con dos bloques temáticos:

-Lugares de interés jacobeo: iglesia de Santiago de Padrón, con el Pedrón, puente del Sar y fuente del Carmen, subida a O Santiaguiño do Monte y visita a la Colegiata de Iria. Este itinerario puede ser complementado con otras visitas: puente de Pontecesures e iglesia de San Xulián de Requeixo, paseo del Espolón, convento del Carmen y casco antiguo de Padrón.

-Lugares de interés cultural: jardín botánico artístico, casa-museo de Rosalía, Fundación Camilo José Cela y santuario de A Escravitude.

Segunda.-Podrán acogerse a este programa todas las instituciones y organismos tradicionalmente vinculados a actividades con jóvenes: centros de enseñanza, clubs juveniles, catequesis parroquiales, escuelas de tiempo libre, rondallas juveniles, etc.

Tercera.-La Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, a través de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago y en el desarrollo de este programa, pondrá a disposición de los participantes:

-Billete gratuito para poder realizar el viaje consistente en remontar el río Ulla desde O Grove hasta Pontecesures o Padrón.

-Un informador cultural del área de Padrón especializado en la zona.

-La cantidad de 150,25 euros a cada institución u organismo solicitante, en concepto de ayuda para los gastos de transporte.

La atención y cuidado del grupo, así como su traslado y manutención serán responsabilidad de la institución u organismo participante, responsable también del comportamiento del grupo. La ausencia de un comportamiento mínimamente adecuado, cuya valoración corresponderá a la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, podría ser motivo de la anulación de la sub

vención y, en su caso, de la exclusión de la entidad en posteriores convocatorias, sin perjuicio de que puedan igualmente exigirse las responsabilidades procedentes.

Cuarta.-El número de participantes por cada grupo será de 40, incluyendo en este número los adultos acompañantes, que no excederán de 5.

Quinta.-Cada agrupación llevará carteles promocionales del programa, facilitados por la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, que deberán ser expuestos en el vehículo de transporte de cada grupo.

Sexta.-Los interesados enviarán una única solicitud, en el modelo oficial que figura al final de esta orden, a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, Gerencia de Promoción del Camino de Santiago; edificio administrativo San Caetano, bloque 3, 15771-Santiago de Compostela. También podrá presentar la misma en las dependencias de las delegaciones provinciales de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo. Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En consecuencia, no serán admitidas las solicitudes enviadas por fax, teléfono o cualquier otro medio que no figure en el artículo citado.

Séptima.-En las solicitudes se incluirán los datos identificadores del grupo: colegio o institución, número de participantes y edades en que están comprendidos, persona o personas responsables, teléfono y fax de contacto y horario de localización, declaración de conjunto de las ayudas solicitadas, efectuadas o concedidas ante las administraciones o entes públicos para la misma finalidad, y fechas preferentes para el viaje.

Se recomienda poner varias fechas por orden de preferencia, sin que esta elección suponga derecho alguno a favor del solicitante, puesto que dichas fechas serán simplemente orientativas para el órgano de tramitación.

La fecha finalmente adjudicada y comunicada a la entidad solicitante no podrá ser modificada, de forma que la imposibilidad de realizar el viaje en la fecha prevista supondrá la renuncia al mismo, salvo supuestos de fuerza mayor y en la medida que las disponibilidades lo permitan.

Octava.-Los grupos participantes no excederán de 50, y serán seleccionados por orden de recepción de solicitud, siempre que cumplan los requisitos que figuran en las bases.

Asimismo, se prevé la confección de una lista de espera para las vacantes que pudieran producirse. No podrán incorporarse a la lista quienes, habiendo solicitado los dos programas, ya se le hubiera concedido uno, ni aquellas solicitudes presentadas fuera de plazo.

La presentación de las solicitudes se hará en el plazo de 45 días hábiles desde la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia.

Su tramitación se llevará a cabo por los servicios técnicos de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, con sujeción a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

La concesión de ayudas estará sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución.

Novena.-El plazo máximo de resolución previsto en este procedimiento será de seis meses a contar desde el día siguiente al último día para la presentación de las solicitudes. No obstante lo anterior, en el supuesto de que no hubiese recaído resolución expresa dentro del plazo máximo previsto, el sentido del silencio será negativo.

La resolución, que corresponderá al conselleiro de Cultura, Comunicación Social y Turismo, se notificará a los interesados según lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Contra dicha resolución los interesados podrán interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, o bien presentar directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Décima.-Los viajes se celebrarán entre los días 15 de abril al 31 de mayo, ambos inclusive, del año 2004.

Cada grupo solicitante estará obligado a confirmar su asistencia o su renuncia con al menos 7 días de antelación, a la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago por escrito o mediante fax.

Los tickets para el viaje podrán recogerse en las dependencias de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago.

Undécima.-Para que se pueda tramitar el pago y como condición indispensable para el cobro de la subvención, una vez realizado el viaje se deberá enviar a la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, en el plazo máximo de veinte días naturales desde la realización del viaje, la siguiente documentación completa:

-Factura original expedida por la empresa transportista a la entidad beneficiaria que justifique de modo expreso y desglosado los gastos del transporte.

-Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante.

-Certificación bancaria original y actualizada, acreditativa de la titularidad de la cuenta donde desea recibir la transferencia del beneficiario.

-Parte firmado por el informador cultural y por la persona responsable del grupo, para justificar la realización del viaje.

-Presentación de tres trabajos seleccionados de la totalidad, por la persona responsable del grupo y realizado según modelo oficial, puesto a disposición por esta gerencia, y con los cuales participarán en el concurso regulado según lo dispuesto en el anexo III de la presente orden.

-Declaración de conjunto de las ayudas solicitadas, efectuadas o concedidas ante las administraciones o entes públicos para la misma finalidad.

Si no tuviera lugar la entrega de la totalidad de la referida documentación en el plazo anteriormente establecido, se procederá a la anulación de la subvención.

En cualquier caso, los interesados deberán facilitar toda la información que les sea requerida por la Intervención General de la Comunidade Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de las funciones de fiscalización y control del destino de las ayudas.

Duodécima.-La Gerencia de Promoción del Camino de Santiago resolverá cualquier duda que pueda surgir de las bases que regulan este programa, sin que en ningún caso pueda haber contradicción con lo dispuesto en éstas.

ANEXO III

Bases que rigen la convocatoria del concurso Ven al Camino y Ven a la Ruta Marítima Jacobea 2004

1. Participarán en este concurso las entidades beneficiarias que realicen el programa Ven al Camino o bien el programa Ven a la Ruta Marítima Jacobea, que la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo convoca para el año 2004.

2. Se establecen tres categorías:

-Categoría A: 8-12 años.

-Categoría B: 13-18 años.

-Categoría C: 19-30 años.

3. El concurso consistirá en la realización de un trabajo de expresión escrita, plástica, o combinación de ambas, a desarrollar individualmente por cada uno de los miembros integrantes del grupo, según modelo oficial puesto a disposición por la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago. Cada grupo presentará tres trabajos, previamente seleccionados por el responsable del mismo.

4. La temática tendrá como objeto: los diversos Caminos y la Ruta Marítima Jacobea: sus monumentos, costumbres, peregrinaciones, personajes célebres, naturaleza, vivencias, etc., y su contenido se relacionará con la ruta elegida y el viaje realizado.

5. Los trabajos, debidamente identificados con el nombre, edad, categoría, ruta realizada, entidad y teléfono serán enviados a la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, en el plazo de veinte días naturales a partir de la fecha de desarrollo del viaje, junto con la documentación contable, imprescindible para proceder al cobro de la subvención.

6. Un jurado, compuesto por personas vinculadas al Camino de Santiago, y de reconocido prestigio, calificará los trabajos y seleccionará los mejores, teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes criterios: originalidad, creatividad, calidad literaria y artística, nuevas aportaciones e interés para la difusión, investigación y promoción del Camino de Santiago. El fallo del jurado se emitirá antes del 30 de diciembre del año 2004.

7. El premio será otorgado de forma individual, o se podrá declarar desierto. Se establecen tres premios en función de la categoría de los participantes:

Primer premio: 300,51 euros para el primer clasificado de cada una de las tres categorías, más 300,51 euros y lote de libros para el colegio o entidad al que pertenezca.

Segundo premio: 150,25 euros para el segundo clasificado de cada una de las tres categorías, más 150,25 euros y lote de libros para el colegio o entidad al que pertenezca.

Tercer premio: 90,15 euros para el tercer clasificado de cada una de las tres categorías, más 90,15 euros y lote de libros para la entidad a que pertenezca.

8. Los trabajos premiados quedarán en propiedad de la gerencia, que se reserva el derecho de exposición, publicación y difusión por los medios que considere oportunos.

Los trabajos no premiados quedan archivados en la gerencia, y podrán ser devueltos previa solicitud por escrito de sus propietarios.

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES

LABORALES