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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 211 Jueves, 30 de octubre de 2003 Pág. 13.450

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGAD0 DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE OVIEDO

EDICTO (411/2003).

Yo, Misael León Noriega, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de Oviedo, hago saber que en el procedimiento de demanda 411/2003 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de Ana Isabel Palacios Moyano contra la empresa Inversiones y Seguridad 2001, S.L., sobre salarios, se ha dictado con fecha de 30 de septiembre de 2003, sentencia

que tiene como parte dispositiva copiada a su tenor literal, dice:

«Fallo que estimo la demanda interpuesta por Ana Isabel Palacios Moyano contra la empresa Inversiones y Seguridad 2001, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, y condeno a dicha empresa a abonar a la actora la cantidad de 3.137,61 euros (tres mil ciento treinta y sete con sesenta y un euros). Respondiendo Fogasa dentro de los límites legalmente establecidos.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en la oficina principal de Banesto, con domicilio en la calle Marqués de Santa Cruz a nombre de este juzgado con el número 3359000065041103, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad,

consignar en la cueonta de depósitos y consignaciones abierta en el anteiror banco a nombre de este juzgado, con el número de cuenta citado, la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Firmado y rubricado. Cristina García Fernández».

Y para que le sirva de notificación en legal forma a la empresa demandada Inversiones y Seguridad 2001, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia, en Oviedo a treinta de septiembre de dos mil tres.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

El secretario judicial

Rubricado