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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 211 Jueves, 30 de octubre de 2003 Pág. 13.429

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 9 de octubre de 2003 por la que se conceden ayudas a alumnos y profesores de centros docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia sostenidos con fondos públicos, que participen en estancias e intercambios con centros educativos de otros países para favorecer el aprendizaje activo de lenguas.

Por orden de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 17 de febrero de 2003 (DOG del 28 de febrero), se convocaron ayudas para alumnos y profesores de centros públicos docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia sostenidos con fondos públicos que participen en estancias e intercambios con centros educativos de otros países para favorecer el aprendizaje activo de lenguas.

Vista la propuesta de la comisión de selección prevista en el artículo séptimo de la citada orden,

RESUELVO:

Primero.-Conceder, con cargo al concepto presupuestario 07.04.322T.480.0 de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Especiales, las ayudas que se relacionan en el anexo I, que se presentaron en el segundo plazo establecido en el apartado quinto.1 de la Orden de 17 de febrero (DOG del 28 de febrero), por importe total de 113.463,90 euros.

Segundo.-Recoger en el anexo II las ayudas denegadas.

Tercero.-De acuerdo con el artículo noveno de la orden de convocatoria las ayudas serán abonadas de la siguiente forma:

Para las ayudas que no superen el importe de 6.000 euros, en el momento de la concesión podrá acordarse un anticipo de pago de hasta un 80%, después de la aceptación da subvención. El 20% restante se librará una vez acabada la actividad y después de su completa justificación económica por parte del centro y entrega de la memoria de actividades, acompañada de certificación respecto de la percepción o no de otras ayudas y subvenciones para la misma finalidad, a efectos de lo dispuesto en el artículo 78.3º de la Ley 11/1992, de 7 de octubre, de régimen financiero y presupuestario de Galicia. En las ayudas que superen esta cantidad el pago se realizará íntegramente una vez acabada y justificada la actividad.

Cuarto.-De acuerdo con la normativa vigente, los beneficiarios quedan obligados a:

1. Aceptar la ayuda concedida. En este sentido, si en el plazo de quince días, contados a partir de la recepción de la comunicación por la que se notifica la concesión de la ayuda, el centro beneficiario no

acepta la misma, se entenderá que renuncia a su percepción.

2. Facilitar la información requerida y someterse a las acciones de comprobación o control financiero que pueda efectuar la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria y los organismos competentes.

3. Justificar la correcta inversión de las ayudas recibidas, mediante la presentación de la siguiente documentación:

3.1. Memoria. Los centros beneficiarios enviarán una memoria de las actividades realizadas que incluya:

I. Resumen del desarrollo de la actividad realizada.

II. Objetivos conseguidos.

III. Procedimiento de evaluación utilizado, resultados obtenidos y difusión que se realizó de los mismos. La memoria estará acompañada de una certificación del director del centro en que se haga constar el nombre y el número de DNI del profesor responsable del proyecto y de los profesores que lo acompañaron en el viaje. Igualmente se añadirá una certificación de tener o no subvención o ayuda para la mesma finalidad procedente de cualquier otra Administración o ente público.

3.2. Justificación de gastos efectuados.

Los centros educativos enviarán una certificación del Consejo Escolar del centro aprobatoria del gasto, juntando una relación detallada de los gastos efectuados, así como una certificación de tener o non ter subvención o ayuda para la misma finalidad procedente de cualquier otra Administración o ente público.

Quinto.-Contra la presente orden los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición, ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, segundo lo dispuesto en la Ley 4/1999, (BOE del 14 de enero), o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Disposiciones finales

Primera.-Se autoriza a la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Especiales a dictar tantas disposiciones como sean precisas para el desarrollo correcto de esta orden.

Segunda.-La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 9 de octubre de 2003.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación

Universitaria

ANEXO I

SOLICITUDES CONCEDIDAS

PROYECTOS LINGÜÍSTICOS

CENTROFECHA INICIOFECHA FINALPROF.ALUMN.SUBVENCIONPAIS

IES CASTRO ALOBRE11-11-200320-11-20032202.808,00 EUROSPORTUGAL
COLEXIO MARISTA CRISTO REY6-9-200327-9-20032156.513,00 EUROSEE.UU.
IES DE TEIS31-10-20039-11-20032104.024,80 EUROSSUECIA
IES ISAAC DIAZ PARDO22-3-20034-4-20032205.857,80 EUROSITALIA
IES R PUGA RAMON31-3-200311-4-20031143.129,00 EUROSFRANCIA
COL. MIRALBA. FILLAS DE XESUS24-10-20032-11-20032205.857,80 EUROSITALIA
IES ORTIGUEIRA1-11-200310-11-20032204.578,60 EUROSFRANCIA
IES MONTE CASTELO2-5-200311-5-20032286.138,60 EUROSFRANCIA
IES FERMIN BOUZA BREY29-3-200310-4-20032224.968,60 EUROSFRANCIA
COLEXIO COMPAÑIA DE MARIA4-10-200315-10-20032205.857,80 EUROSALEMANIA
IES DE TOMIÑO8-10-200317-10-20033306.867,90 EUROSFRANCIA
IES SANCHEZ CANTON9-9-20035-10-20032146.146,40 EUROSEE.UU.
IES MONTE DA VILA16-10-200326-10-20031103.572,40 EUROSFINLANDIA
IES A XUNQUEIRA 26-10-200318-10-20032173.993,60 EUROSFRANCIA
COLEXIO APOSTOL SANTIAGO9-5-200321-5-20031102.928,90 EUROSR. UNIDO
IES SALVATERRA DE MIÑO30-9-20039-10-20031132.874,30 EUROSFRANCIA
IES PAZO DA MERCE30-9-20039-10-20031112.484,30 EUROSFRANCIA
IES ARZOBISPO XELMIREZ 113-6-200322-6-20032133.213,60 EUROSFRANCIA
IES ARZOBISPO XELMIREZ 128-2-20039-3-20032173.993,60 EUROSFRANCIA
IES A PARALAIA27-11-20036-12-20032144.336,80 EUROSSUIZA
IES CAMPO DE SAN ALBERTO29-9-20038-10-20032246.871,80 EUROSR. UNIDO
IES A GUIA13-11-200323-11-20032185.350,80 EUROSR. UNIDO

VISITAS PREPARATORIAS Y DE ESTUDIO

CENTROFECHA INICIOFECHA FINALPROF.SUBVENCIONPAIS

CEIP PEPE DE XAN BAÑA20-2-200322-2-20031351 EUROSPORTUGAL
IES CAMPO DE SAN ALBERTO25-9-200330-9-20031780 EUROSRUMANIA
IES CAMPO DE SAN ALBERTO30-4-20035-4-20031663 EUROSR. UNIDO
CEIP VISTA ALEGRE30-4-20035-4-20031780 EUROSNORUEGA
IES BECERREA20-11-200323-11-20031663 EUROSAUSTRIA
ACEESCA7-7-200313-7-20031663 EUROSITALIA
IES RIBEIRA DO LOURO29-6-20036-7-20031780 EUROSMALTA
COLEXIO COMPAÑIA DE MARIA4-9-20037-9-20031663 EUROSALEMANIA
IES CASTRO ALOBRE28-9-20031-10-20031351 EUROSPORTUGAL
CEIP DE ROXOS20-2-200322-2-20031351 EUROSPORTUGAL
IES ALEXANDRE BOVEDA1-2-20035-2-20031663 EUROSALEMANIA
CPI A XUNQUEIRA25-10-200330-10-20031546 EUROSFRANCIA
EOI IDIOMAS SANTIAGO22-9-200327-9-20031702 EUROSREP. CHECA
CEIP FROEBEL6-10-200311-10-20031663 EUROSITALIA
CEIP A CUQUEIRA-CARBALLEDO13-10-200320-10-20031546 EUROSFRANCIA
CPI ALTAMIRA11-9-200324-9-20031546 EUROSFRANCIA
CEIP DE PETELOS15-10-200319-10-20031663 EUROSALEMANIA

INTERCAMBIOS DE PROFESORES

CENTROPROFESORFECHA INICIOFECHA FINALSUBVENCIONPAIS

IES EDUARDO PONDALEMILIA FIGUEIRAS RODRIGUEZ4-9-200316-9-2003721,50 EUROSR. UNIDO

ANEXO II

SOLICITUDES DENEGADAS

PROYECTOS LINGÜÍSTICOS

CENTROPAISCAUSA DE LA EXCLUSION

IES XELMIREZ IIHUNGRIARENUNCIA
IES ARCEBISPO XELMIREZ IHUNGRIARENUNCIA
IES DO CASTROR.UNIDOFUERA DE PLAZO
IES CAMPO DE SAN ALBERTORUMANIANO CUMPLE LOS REQUISITOS
IES CACHEIRASIRLANDAFUERA DE PLAZO
IES ALMIRANTE SALVADOR

MORENO

FRANCIACONCEDIDO PROYECTO COMENIUS 1.2
IES TERRA DE SONEIRASUECIACONCEDIDO PROYECTO COMENIUS 1.2

VISITAS PREPARATORIAS Y DE ESTUDIO

CENTROCAUSA DE LA EXCLUSION

IES MARQUES DE SUANCESRENUNCIA
IES CAMPO DE SAN ALBERTORENUNCIA