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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 210 Miercoles, 29 de octubre de 2003 Pág. 13.415

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA Y DESARROLLO RURAL

CÉDULA de 30 de septiembre de 2003, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se notifica resolución de modificación del acuerdo de concentración parcelaria de Lourido-Sequeiro (Valdoviño).

Intentada la notificación de esta resolución por medio del servicio de correos y no sido posible su práctica, por medio de esta cédula y según lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/19992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se notifica a Manuel Ramos Méndez, cuyo último domicilio conocido es Cantón, 8-4º, 15403 Ferrol (A Coruña), que con fecha 23 de junio de 2003 el director general de Infraestructuras Agrarias dictó resolución de modificación del acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Lourido-Sequeiro, que se transcribe literalmente en lo que le afecta:

«El acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Lourido-Sequeiro (Valdoviño-A Coruña) fue aprobado por la Dirección General de Estructuras y Desarrollo Rural con fecha 15 de febrero de 2000, siendo publicado mediante avisos insertos en el DOG del 3 de abril de 2000, en el BOP del 31 de marzo y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Valdoviño durante el tiempo preceptivo.

Con fecha 19 de julio de 2000 se publicó en el DOG el aviso de toma de posesión provisional de las nuevas fincas.

Con posterioridad a la toma de posesión fueron presentados diversos escritos de reclamaciones de superficie y de errores materiales, por los siguientes propietarios:

Reclamaciones de superficie:

...

7. Luciano Romero Méndez (prop. nº 671) formula reclamación de 422 m de falta de superficie en la finca número 672, según el informe pericial que repre

senta un 4,9% de diferencia con respecto a la atribuida en el acuerdo.

...

Vistos los informes técnicos elaborados por el personal del Servicio Provincial de Infraestructuras Agrarias de A Coruña, la Ley 10/1985, de 14 de agosto, de concentración parcelaria, para Galicia, modificada por la Ley 12/2001, de 10 de septiembre, la Ley de reforma y desarrollo agrario, de 12 de enero de 1973, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en su redacción según la Ley 4/1999, de 13 de enero, y demás disposiciones legales aplicables, esta dirección general

RESUELVE:

1. En relación a las reclamaciones de superficie:

...

1.7. Modificar la delineación del plano del acuerdo desplazando 1,80 m la línea que conforma la linde entre las fincas nº 670 de Manuel Ramos Méndez (prop. nº 578) y la finca nº 672 de Luciano Romero Méndez, según el plano que se adjunta, sin que se modifique la superficie de las referidas fincas.

...

3. Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y a los demás interesados, según la legislación vigente.

Contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de esta publicación».

A Coruña, 30 de septiembre de 2003.

Jesús Collar Urquijo

Delegado provincial de A Coruña

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL

Y TURISMO