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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 208 Lunes, 27 de octubre de 2003 Pág. 13.289

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD, DEPORTE Y VOLUNTARIADO

ORDEN de 21 de julio de 2003 por la que se reconoce la Escuela de Tiempo Libre Ana Mogas.

El Decreto 50/2000, de 20 de enero, que regula el reconocimiento de las escuelas de tiempo libre,

establece en su artículo 59.1º que el reconocimiento de las escuelas de tiempo libre y la aprobación de sus programas de formación, corresponde a la Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado.

Examinado el expediente promovido por Mª Berta Castro Álvarez, en nombre y representación de la Congregación de las Religiosas Franciscanas Misioneras de la Madre del Divino Pastor, en el que solicita el reconocimiento y la aprobación de los programas de formación de la Escuela de Tiempo Libre Ana Mogas, la Dirección General de Juventud efectúa la propuesta favorable al reconocimiento solicitado, por ser conforme con la legislación vigente, vistas las normas reguladoras de esta materia (Decreto 50/2000, de 20 de enero). Por todo ello

DISPONGO:

Primero.-Reconocer a la Escuela de Tiempo Libre Ana Mogas la condición de escuela de tiempo libre, aprobando los programas de formación propuestos para los niveles primero (monitores/as de actividades de tiempo libre) y segundo (directores/as de actividades de tiempo libre y directores/as de campos de trabajo) fijados en el Decreto 50/2000, de 20 de enero.

Segundo.-Ordenar la inscripción de la Escuela de Tiempo Libre Ana Mogas en el Registro de Escuelas de Tiempo Libre dependiente de la Dirección General de Juventud, correspondiéndole el número G-32.

Tercero.-La Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado expedirá los títulos acreditativos correspondientes a las enseñanzas impartidas por la Escuela de Tiempo Libre de Ana Mogas, siempre de acuerdo con lo establecido en el Decreto 50/2000, de 20 de enero, quedando ésta supeditada a la supervisión e inspección ordenadas en el artículo 59.2º de dicho decreto.

Santiago de Compostela, 21 de julio de 2003.

Pilar Rojo Noguera

Conselleira de Familia, Juventud, Deporte

y Voluntariado