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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 200 Miercoles, 15 de octubre de 2003 Pág. 12.860

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 23 de septiembre de 2003, de la Delegación Provincial de Lugo, de notificación de la propuesta de resolución del expediente P-52/2003, incoado por infracción de la Ley de pesca fluvial y devuelto por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen

jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la persona en el anexo se menciona que, con esta fecha, he resuelto publicar la propuesta de resolución del procedimiento sancionador que se instruye por infracción de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.

El pago voluntario pondrá fin al expediente, de no efectuarlo voluntariamente, el interesado dispone de un plazo de quince (15) días, contados a partir del siguiente al de publicación de esta notificación, para formular cuantas alegaciones considere pertinentes. Lo que se le comunica de acuerdo con la normativa antes citada, así como con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, del 9 de agosto), y en el Decreto 14/2002, de 24 de enero (DOG del 6 de febrero), por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente.

Lugo, 23 de septiembre de 2003.

Luis González Vázquez

Delegado provincial de Lugo

ANEXO

Expediente: P-52/2003.

Denunciado: José Antonio López Pardo.

DNI: 33816497-B.

Domicilio: c/ Aceña de Olga, nº 9. Lugo.

Hecho denunciado: no respetar las limitaciones de tamaño fijadas por la Consellería de Medio Ambiente al portar en el interior de la cesta una trucha de tamaño inferior al reglamentario (1-15, 8 cm). Hechos constatados el día 12-4-2003 a las 11.05 horas en el río Miño, coto de Ombreiro. Lugo.

Precepto sancionador: 33.9º de la Lei 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Calificación de la sanción: leve.

Sanción: 60,10 euros.

Indemnización por daños y pérdidas de 6,01 euros.

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES

LABORALES