Descargar PDF Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 199 Martes, 14 de octubre de 2003 Pág. 12.749

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

ORDEN de 10 de octubre de 2003 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia 437/2003, de 30 de abril, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que anula la orden de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales de 25 de septiembre de 1998, de desarrollo del Decreto 106/1998, de 12 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de máquinas recreativas y de azar.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia dictó sentencia de fecha de 30 de abril de 2003, en el recurso contencioso-administrativo número 02/0007123/1998, interpuesto por la entidad Explomarsa Coruñesa, S.A., contra la orden de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales de 25 de septiembre de 1998, de desarrollo del Decreto 106/1998, de 12 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de máquinas recreativas y de azar, sentencia declarada firme en fecha de 9 de septiembre de 2003.

En consecuencia, esta consellería, de acuerdo con lo previsto en los artículos 118 de la Constitución española, 17 de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, así como en el artículo 107 de la vigente Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, dispone la publicación del fallo en el Diario Oficial de Galicia, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos.

La parte dispositiva de la citada sentencia de 30 de abril de 2003, contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Explomarsa Coruñesa, S.A., contra resolución de la Consellería de Justicia de 25-9-1998, por el que se desarrolla el Decreto 106/1998, de 12 de febrero, que aprueba el Reglamento de máquinas recreativas y de azar, y en consecuencia, anulamos a mencionada Orden de 25 de septiembre de 1998, por no ser conforme a derecho; sin costas».

Santiago de Compostela, 10 de octubre de 2003.

Jesús Carlos Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior

y Administración Local