De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedemiento administrativo común, se notifíca a las personas que en el anexo se mencionan la resolución de los correspondientes expedientes sancionadores, por presunta infracción a la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre incendios forestales y de su reglamento, aprobado por el Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, en relación con las resoluciones respectivas especificadas en el anexo que se adjunta, al no ser posible su notificación a través del servicio de correos.
No obstante, de acuerdo con los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente en el plazo de un mes a contar desde el día seguinte al de la presente publicación.
El pago voluntario podrá implicar la terminación del procedimiento sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes (artículo 8.2º del Real decreto 1398/1993). El importe de la sanción que en cada caso corresponda, se hará efectiva en la cuenta de recaudación de multas y sanciones de la Xunta de Galicia empleando el impreso oficial que se facilitará en la Delegación Provincial de Ourense en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la presente notificación y una vez producida la firmeza de esta resolución la firmeza se producirá al no interponer recurso en el plazo indicado. De no hacerlo dentro del plazo señalado, se procederá a su cobro por la vía administrativa de apremio.
Plazos establecidos en el artículo 20 del Reglamento general de recaudación:
-Las sanciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
-Las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso, sin que éste se hubiese presentado, esta resolución será firme a todos efectos reglamentarios.
Ourense, 9 de septiembre de 2003.
Agustín Prado Verdeal
Delegado provincial de Ourense
ANEXO
Nº/Año
y sancionadorExpediente
Denunciado DNI Última dirección conocida Hecho denunciado Precepto infringido
Sanción euros
DNI: 14246083-K 24400 Ponferrada BI-9844-AY
DNI: 24268862 38200 La Laguna (Tenerife) TF-4097-S
OU 004/2003 IN Celestino Jiménez Jiménez
C/ Sanabria nº 42
Abandono de vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-1-2002 de la DGM e Industrias Forestales 300,51
OU 023/2003 IN Mónica Muñoz Checa
C/ Princesa Iballa nº 14, 5º B
Abandono de vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-1-2002 de la DGM e Industrias Forestales 300,51
Nº/Año
y sancionadorExpediente
Denunciado DNI Última dirección conocida Hecho denunciado Precepto infringido
Sanción euros
DNI: 76705651 32644 Calvos de Randín M-4668-DL
DNI: X-1582079R 32005 Ourense OR-2695-F
DNI: 34945022 32500 O Carballiño OR-7608-F
DNI: 36061278 36312 Vigo PO-2845-AD
DNI: 34923589 32003 Ourense OR-2972-B
OU 045/2003 IN José García Valencia
Lobás
Abandono de vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 11-2-2003 de la DGM e Industrias Forestales 300,51
OU 047/2003 IN Mª Alejandra Vacastello
Avda. Zamora nº 76, 1º
Abandono de vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 11-2-2003 de la DGM e Industrias Forestales 300,51
OU 058/2003 IN Etelvino Abad Mosquera
Fondo de Vila Cabanelas
Abandono de vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 11-2-2003 de la DGM e Industrias Forestales 300,51
OU 065/2003 IN José Luis Fernández Bastos
Beade-Saa nº 76
Abandono de vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 11-2-2003 de la DGM e Industrias Forestales 300,51
OU 083/2003 IN Julio Alberto Balsa Díaz
C/ Capitán Eloy nº 5
Abandono de vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 11-2-2003 de la DGM e Industrias Forestales 300,51