Visto el acuerdo para la aplicación del IPC para el año 2002 en el convenio colectivo para el sector transporte de viajeros por carretera de la provincia de Lugo (código 2700515), firmado el día 25 de marzo de 2003, por la representación de la patronal y de la central sindical UGT (59,1%), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 apartados 2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo.
Esta delegacion provincial,
ACUERDA:
Primero.-Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el registro de convenios de esta delegación, así como su depósito.
Segundo.-Remitir el texto del mencionado acuerdo a la Dirección General de Relaciones Laborales de la Xunta de Galicia.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia y en BOP.
Lugo, 2 de mayo de 2003.
Ana Chao Vázquez
Delegada provincial de Lugo
Acta
Asistentes:
Por la parte empresarial:
Luis Abeledo Fernández
Jesús García-Gesto López
Antonio López Rodríguez
Manuel Trigo Pérez
Raúl J. López Rodríguez
Por el sindicato UGT:
Manuel Pardo Fernández
Manuel Busto Veiga
Manuel Becerra Díaz
Eladio A. Romero Ares
Ana Núñez Sanjurjo
De la reunión de la comision paritaria para la revisión salarial del año 2002 del convenio de trasporte de viajeros por carretera de la provincia de Lugo (código 2700515).
En Lugo, siendo las 11.00 horas del día 25 de marzo de 2003, se reúnen en la estación de autobuses de Lugo las personas relacionadas arriba, representantes de las organizaciones patronales y sindicales, integrantes de la comisión negociadora, al objeto de cuantificar las diferencias salariales por incremento del IPC del año 2002 (que resultó ser del 4%, y el aumento pactado lo fue de 3,5%) por lo que existe una diferencia a favor de los trabajadores de 0,5%, pagadera este mes, según estipula el artículo 26 del convenio.
Hechos los cálculos oportunos, se acuerda aplicar la cantidad de setenta y cuatro euros con noventa y ocho centimos (74,98 euros) a todos los trabajadores afectados, quedando así liquidados los atrasos de convenio del año 2002.
No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las once treinta horas y se extiende la presente acta por sextuplicado ejemplar, que todos los asistentes firman, en el lugar y fecha al comienzo expresados.