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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 195 Miercoles, 08 de octubre de 2003 Pág. 12.541

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS

RESOLUCIÓN de 20 de agosto de 2003 por la que se legaliza la concesión administrativa de una estación depuradora de moluscos y se autoriza su transmisión inter vivos.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de una estación depuradora en Aguiño-Ribeira

(A Coruña) y de la concesión administrativa que la ampara, resulta:

a) Antecedentes de hecho.

Primero.-Mediante escrito de fecha 6-5-1996 Juan José Sueiro Ortiz y Carlos A. Sancho Omil, en nombre y representación de Isla Vionta, S.L. solicitaron la transmisión de la estación depuradora de moluscos sita en Aguiño (Ribeira) adquirida por la citada sociedad en adjudicación extrajudicial.

Segundo.-Consultado el Servicio Técnico Jurídico de esta consellería el día 2-4-1997 emite informe en el sentido de que debe finalizarse el cambio de titularidad solicitado.

Tercero.-Solicitado el preceptivo informe de la Dirección General del Ministerio de Medio Ambiente, con fecha 24-8-1999 indica que dado que se ocupó más terreno de dominio público del autorizado deberá llevarse a cabo la legalización de dicha ocupación.

Cuarto.-Una vez tramitada la citada legalización, con fecha 25-3-2002 la Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente emite informe favorable sobre la legalización de la ocupación de dominio público por un plazo de diez años, pudiéndose prorrogar tan solo hasta el 28-7-2018.

Quinto.-Ofertadas al peticionario las condiciones en que se otorgaría la legalización y el cambio de dominio, son aceptadas en escrito de fecha 22-4-2002.

Sexto.-Los informes de los servicios técnicos sobre la situación y condiciones del establecimiento y del Servicio Técnico Jurídico sobre la tramitación del expediente son favorables.

b) Fundamentos jurídicos.

Primero.-Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia, y con la Orden de 14 de junio de 1999 de delegación de competencias en los delegados territoriales de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura.

Segundo.-El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Real decreto 147/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento general de desarrollo y ejecución de la Ley 22/1988, de costas, y en la Orden de 21-7-2000, que regula el procedimiento para la transmisión de titularidad del permiso de actividad en establecimientos de cultivos marinos y auxiliares en la zona terrestre.

Vistas las disposiciones citadas, la propuesta de resolución elaborada por el servicio de recursos marinos, el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás normas de general y pertinente aplicación, tuve a bien dictar la siguiente

RESOLUCIÓN:

Legalizar la ocupación de 1.315 m de terrenos de dominio público marítimo-terrestre y autorizar la

transmisión inter vivos a favor de Isla Vionta, S.L. (NIF B-15378896) de la concesión administrativa del establecimiento auxiliar de cultivos marinos que se indica a continuación:

Titular: José Valverde Viñas.

Tipo de establecimiento: estación depuradora de moluscos.

Ubicación: Aguiño-Ribeira (A Coruña).

Especies autorizadas: moluscos.

Título habilitante:

Orden de otorgamiento: 16-5-1964 (BOE de 8-6-1964).

Fin de la vigencia: por tiempo indefinido.

Nuevo titular: Isla Vionta, S.L.

Instalaciones en dominio público:

-Toma de agua de mar: 678 m-Explanada de servicio: 477 m-Emisarios de aguas residuales: 160 m

Total: 1.315 m

Instalaciones en dominio privado:

-Una caseta transformadora: 58 m-Dos depósitos cilíndricos: 1.414 m-Una nave: 5.545 m

Total: 7.017 m

Piscinas de depuración:

-9 piscinas de 19,15 m x 4,70 m = 9 x 90 m = 810 m

-4 piscinas de 21,05 m x 4,70 m = 4 x 99 m = 396 m

Total: 13 piscinas = 1.206 m

Bajo las siguientes condiciones:

Primera.-La legalización de la ocupación de dominio público marítimo-terrestre se otorga por un período de diez años, contados a partir de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia, pudiendo ser prorrogada tan solo hasta el 28-7-2018.

Segunda.-El nuevo titular de la concesión queda subrogado en los derechos y obligaciones del anterior desde la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos meses contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 20 de agosto de 2003.

P.D. (14-6-1999, DOG nº 120, del 24 de junio)

Beatriz Mato Otero

Delegada territorial de A Coruña