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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 195 Miercoles, 08 de octubre de 2003 Pág. 12.534

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

CÉDULA de 17 de septiembre de 2003, del Servicio de Informes y Recursos de la Dirección General de Transportes, por la que se notifican las denuncias por infracción de la normativa vigente en materia de transportes terrestres devueltas por el servicio de correos por resultar desconocidos sus destinatarios o bien porque intentada la notificación no se pudo practicar (expediente DX-00229-I-2003 y uno más).

Por medio de esta cédula se les notifican a los denunciados, con los datos y último domicilio conocido que se señalan en el anexo, las denuncias que se formularon contra ellos. Por este motivo se iniciaron, con los números que se indican, los correspondientes expedientes sancionadores que pueden dar lugar a las sanciones que también se citan.

Se les hace saber el derecho que les asiste de alegar por escrito ante esta Subdirección General de Inspección de Transportes lo que consideren conveniente, haciendo llegar o proponiendo las pruebas que consideren oportunas dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación de esta cédula.

Para que conste, y les sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela, 17 de septiembre de 2003.

Alberto Eiras Martínez

Jefe de Servicio de Informes y Recursos

ANEXO

-Expediente-Matrícula-Denunciante-Denunciado-Última dirección conocida-Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k.-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

impuesta

DX-00229-I-2003

Obstrucción

3544790902A2053

Alfoncresp, S.L.

Emilia Pardo Bazán, 3-2º A

36600-Vilagarcía de Arousa

(Pontevedra)

Con fecha de registro de salida 16-4-2003 se requiere a la empresa Alfoncresp, S.L. para que en el plazo de 10 días a partir de la recepción del requerimiento remitiese a esta subdirección general la siguiente documentación: 1. Certificado de capacitación profesional del titular de las autorizacións, o al menos, 2. Copia de facturas emitidas por los portes realizados en el mes de diciembre de 2002, 3. Copia de ITV y tarjetas de transportes de los vehículos citados en el mismo, 4. Discos-diagrama de los citados vehículos correspondientes al mes de diciembre de 2002, así como relación de conductores. La recepción del requerimiento tuvo lugar, según consta en el correspondiente acuse de recibo, el día 22-4-2003. Transcurrido el plazo señalado no se ha cumplido con el requerimiento, lo cual constituye una infracción muy grave por obstrucción a la actuación de los servicios de inspección, impidiéndole el ejercicio de sus funciones.

1-8-2003; 12.03; 12

Art. 33 Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres (BOE nº 182, del 31 de julio) y art. 19 R.D. 1211/1990, de 28 de septiembre, Reglamento de la Ley 16/1987 (BOE nº 241, del 8 de octubre)Art. 143 Ley 16/1987,

art. 201 R.D. 1211/1990

1.500 euros

-Expediente-Matrícula-Denunciante-Denunciado-Última dirección conocida-Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k.-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

impuesta

DX-00232-I-2003

PO-0713-BS

3544790902A2053

Juan Antonio Moscoso Rodríguez

Xaime Pacheco, 26-3 D

36210-Vigo (Pontevedra)

Con fecha de registro de salida 15-5-2003, se requirió a Juan Antonio Moscoso Rodríguez, para que remitiese a esta subdirección general la siguiente documentación: 1. Copia de las facturas emitidas por los portes realizados durante el mes de diciembre de 2002 con el vehículo matrícula PO-0713-BS, y 2. Copia de la ITV del citado vehículo. De la documentación aportada se comprueba que se realizó transporte con el citado vehículo durante el mes de diciembre de 2002, careciendo de autorización administrativa (tarjeta), ya que la misma fue dada de baja por no visar el 30-9-2002.

7-8-2003; 10.30.01

Art. 90 Ley 16/1987 y

art. 41 R.D. 1211/1990

Art. 143 Ley 16/1987,

art. 201 R.D. 1211/1990

300 euros