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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 194 Martes, 07 de octubre de 2003 Pág. 12.494

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA Y DESARROLLO RURAL

RESOLUCIÓN de 27 de agosto de 2003, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la incoación del expediente sancionador SAN-PO-60/2003-MV.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que en el anexo se menciona la incoación del expediente sancionador por conculcación de la

Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del medicamento y del Real decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios, al no ser posible su notificación a través del servicio de correos.

Que, asimismo, designo instructor del expediente a Ramona Celia Fernández Álvarez y secretaria a Lucila Beatriz Medina Rodríguez.

Lo que se notifica, a los efectos previstos en el artículo 58 de la citada Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, pudiendo recusarlos en cualquier momento del expediente por alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la mencionada ley.

Concediendo al interesado un plazo de quince días, para que pueda examinar el expediente, así como formular las alegaciones que estimen pertinentes, conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, ya que de no efectuar las alegaciones en el plazo indicado, el acuerdo de incoación podrá ser considerado como propuesta de resolución.

Pontevedra, 27 de agosto de 2003.

José Manuel Gabeiras Vérez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: SAN-PO-60/2003-MV.

Denunciado: Feliciano Rial González.

Última dirección conocida: Manuel de Castro, 5 3º D, Vigo (Pontevedra).

Hecho denunciado: no presentar las recetas de los medicamentos veterinarios encontrados en su explotación, y carecer de anotaciones en el libro registro de tratamientos, de los medicamentos veterinarios subministrados a los animales.

Fecha del acuerdo de incoación: 18 de junio de 2003.

Preceptos infringidos: artículo 108.2º a) 14ª de la Lei 25/1990, del medicamento y 108.2ª a) del Real decreto 109/1995, de medicamentos veterinarios.

Precepto sancionador: artigo 109.1º a) de la Ley 25/1990, del medicamento y 110.1º del Real decreto 109/1995, de mediamentos veterinarios.

Sanción: dos infracciones leves, correspondiendo 1.502,53 euros por cada una, totalizando 3.005,06 euros.