De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la incoación de los expedientes sancionadores por infracción al Reglamento de epizootias, Decreto de 4-2-1955, al no ser posible su notificación a través del servicio de correos.
Que, asimismo, designo instructor del expediente a José María Muíños Mayoral y secretaria a María Magdalena Santiago Pereira.
Lo que se notifica, a los efectos previstos en el artículo 58 de la citada Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, pudiendo recusarlos en cualquier momento del expediente por alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la mencionada ley.
Concediendo a los interesados un plazo de quince días, para que puedan examinar los expedientes así como formular las alegaciones que estimen pertinentes, conforme a lo establecido en el artículo 13.2 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, ya que de no efectuar las alegaciones en el plazo indicado, el acuerdo de incoación podrá ser considerado como propuesta de resolución.
Pontevedra, 26 de agosto de 2003.
José Manuel Gabeiras Vérez
Delegado provincial de Pontevedra
ANEXO
Expediente: SAN-PO-71/2003-MP.
Denunciado: Germán García López.
Última dirección conocida: Sabaxáns, Figueirido, Pontevedra.
Hecho denunciado: carecer de la guía de origen y sanidad pecuaria en el transporte de ganado porcino y de los certificados de inscripción y de desinfección del vehículo.
Fecha del acuerdo de incoación: 11-6-2003.
Preceptos infringidos: incumplimiento de los artículos 217.3º, 52.2º y 52.4º del Decreto de 4 de febrero de 1955.
Precepto sancionador: artículo 224 del reglamento de la Ley de epizootias.
Sanción: de 300 euros.
Expediente: SAN-PO-83/2003-IA.
Denunciado: Cárnicas Rodrigal, S.L.
Última dirección conocida: Camiño Fontaíña, 69, O Viso, San Pedro de Ramallosa, Nigrán.
Hecho denunciado: falta de identificación de ganado porcino.
Fecha del acuerdo de incoación: 23-6-2003.
Preceptos infringidos: incumplimiento del artículo 7 del Real decreto 205/1996, de 9 de febrero.
Precepto sancionador: artículo 224 del reglamento de la Ley de epizootias.
Sanción: de 220 euros.