Por Orden de 19 de mayo de 2003 (DOG del 26 de mayo) se convocaron, entre otras acciones del Programa de Recursos Humanos del Plan Gallego de
Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica, becas para estancias en el extranjero y en centros españoles situados fuera de la Comunidad Autónoma.
Conforme a lo dispuesto en las bases de la convocatoria recogidas en la Orden de 19 de mayo de 2003 (DOG del 26 de mayo) y en la Orden de 15 de julio de 2002 (DOG del 24 de julio) desde el 18 al 28 de julio se expusieron las listas de las solicitudes admitidas y excluidas, pudiendo durante ese mismo período los interesados formular reclamaciones para enmendar errores y falta de documentos.
Finalizado este plazo y estudiadas las reclamaciones presentadas, las solicitudes admitidas fueron estudiadas por la Comisión de Selección de Investigación, creada por el Decreto 37/1998, de 30 de enero (DOG del 6 de febrero).
En consecuencia, atendiendo a la propuesta elaborada por la citada comisión, esta consellería
RESUELVE:
Primero.-Concederle las becas para estancias fuera de la Comunidad Autónoma a las personas que se relacionan en el anexo a esta resolución para realizar investigación en los centros que se señalan, durante el período de tiempo que se especifica y en la cuantía que se indica en cada caso. Estas becas están cofinanciadas con fondos FSE de la UE.
Segundo.-El pago de las becas se hará según lo establecido en el punto 11 de las bases de la convocatoria.
Tercero.-La Dirección General de Investigación y Desarrollo adoptará las medidas necesarias para la formalización de los documentos de aceptación de las becas a los que se hace referencia en el apartado 11 de las correspondientes bases y para la instrucción de los correspondientes expedientes de gasto.
Cuarto.-El incumplimiento por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases de la convocatoria supondrá la perdida del derecho a percibir la subvención correspondiente.
Quinto.-Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrán los interesados interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. De no estimar la interposición de este recurso, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 23 de septiembre de 2003.
P.D. (Orden 21-1-2003, DOG del 27 de enero)
Jesús Vázquez San Luis
Secretario general de la Consellería de Innovación,
Industria y Comercio