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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 189 Martes, 30 de septiembre de 2003 Pág. 12.201

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 23 de septiembre de 2003 por la que se adjudican las becas para estancias en el extranjero y en centros españoles situados fuera de la Comunidad Autónoma, convocadas en la Orden de 19 de mayo de 2003 (Diario Oficial de Galicia del 26 de mayo), por la que se convocan las becas correspondientes a diversas acciones de formación de investigadores del Programa de Recursos Humanos del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica para el año 2003.

Por Orden de 19 de mayo de 2003 (DOG del 26 de mayo) se convocaron, entre otras acciones del Programa de Recursos Humanos del Plan Gallego de

Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica, becas para estancias en el extranjero y en centros españoles situados fuera de la Comunidad Autónoma.

Conforme a lo dispuesto en las bases de la convocatoria recogidas en la Orden de 19 de mayo de 2003 (DOG del 26 de mayo) y en la Orden de 15 de julio de 2002 (DOG del 24 de julio) desde el 18 al 28 de julio se expusieron las listas de las solicitudes admitidas y excluidas, pudiendo durante ese mismo período los interesados formular reclamaciones para enmendar errores y falta de documentos.

Finalizado este plazo y estudiadas las reclamaciones presentadas, las solicitudes admitidas fueron estudiadas por la Comisión de Selección de Investigación, creada por el Decreto 37/1998, de 30 de enero (DOG del 6 de febrero).

En consecuencia, atendiendo a la propuesta elaborada por la citada comisión, esta consellería

RESUELVE:

Primero.-Concederle las becas para estancias fuera de la Comunidad Autónoma a las personas que se relacionan en el anexo a esta resolución para realizar investigación en los centros que se señalan, durante el período de tiempo que se especifica y en la cuantía que se indica en cada caso. Estas becas están cofinanciadas con fondos FSE de la UE.

Segundo.-El pago de las becas se hará según lo establecido en el punto 11 de las bases de la convocatoria.

Tercero.-La Dirección General de Investigación y Desarrollo adoptará las medidas necesarias para la formalización de los documentos de aceptación de las becas a los que se hace referencia en el apartado 11 de las correspondientes bases y para la instrucción de los correspondientes expedientes de gasto.

Cuarto.-El incumplimiento por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases de la convocatoria supondrá la perdida del derecho a percibir la subvención correspondiente.

Quinto.-Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrán los interesados interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. De no estimar la interposición de este recurso, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 23 de septiembre de 2003.

P.D. (Orden 21-1-2003, DOG del 27 de enero)

Jesús Vázquez San Luis

Secretario general de la Consellería de Innovación,

Industria y Comercio