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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 185 Miercoles, 24 de septiembre de 2003 Pág. 12.011

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA

ANUNCIO de la aprobación definitiva del estudio de detalle para determinación de rasantes de zona verde sita entre la avenida de Vigo y calle de nueva apertura, formulado por Carlos Romero García.

El Pleno de la Corporación, en sesión de uno de agosto de dos mil tres, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.-Estimar parcialmente la alegación formulada por José Paz Andrade en el período de información pública subsecuente a la aprobación inicial de 1-7-2002 del estudio de detalle para determinación de rasantes de la zona verde situada entre la avda. de Vigo y calle de nueva apertura promovida por Carlos Romero García, disponiéndose la modificación de la situación de la escalera prevista de conexión entre los dos niveles que se grafían para evitar afección al alegante, propietario de la finca colidante, que le puedan ocasionar perjuicios o alterar las condiciones de ordenación de su parela, desestimando las restantes alegaciones formuladas por el sr. Paz Andrade con base a los informes técnicos transcritos en el expositivo y que se incorporan al texto del presente acuerdo y se aceptan como motivación al amparo del artículo 89.5º de la Ley 30/1992, de réxime xurídico das administracións públicas e do procedemento administrativo común y la fundamentación jurídica expresada.

Segundo.-Prestar aprobación, con carácter definitivo, al estudio de detalle formulado, mediante iniciativa particular, por Carlos Romero García, con la finalidad de definir las rasantes de zona verde sita entre la avda. de Vigo y calle de nueva apertura, redactado por el arquitecto Ricardo Aguilar Argenti con visado colegial de 11-10-2001, anexo a la memoria y planos nº 1, 3 y 4 de la misma autoría y visado colegial de 23-4-2002, que anulan y sustituyen a sus correlativos del proyecto, así como anexo a la memoria y planos nº 0 y 2 con visado colegial de 12-12-2002, que también anulan y sustituyen a los correlativos del proyecto, documentación esta última introducida con motivo de la alegación parcialmente estimado en el proceso de información pública, disponiéndose su sometimiento a información pública.

Lo que se hace pública para su ejecutividad, significándose que contra este acto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse directamente por quienes se consideran legitimados el recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencio

so-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, contados dede el día siguiente al de la publicación del texto íntegro de la disposición impugnada, conforme a lo establecido en los artículos 10.1º.6 y 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

No obstante, también se podrá interponer cualquier otro recurso que los interesados estimen procedentes con arrego a derecho, significándole que el artículo 107.3º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la anterior, no admite la interposición de recursos en vía administrativa contra las disposiciones administrativas de carácter general.

Pontevedra, 20 de agosto de 2003.

P.D.

Xosé Cesáreo Mosquera Lorenzo

Teniente alcalde delegado del Área de Urbanismo

y Medio Ambiente

Adolfo Castro Pérez

Secretario acctal.