Descargar PDF Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 184 Martes, 23 de septiembre de 2003 Pág. 11.967

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 11 de septiembre de 2003, de la Delegación Provincial de A Coruña, de declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica que se cita. (Expediente IN407A 03/1).

Visto el expediente para otorgamiento de declaración de utilidad pública, en concreto, de las instalaciones eléctricas que a continuación se detallan:

-Solicitante: Energías Ambientales EASA, S.A.

-Domicilio social: calle J. L. Bugallal Marchesi, 20-1º izq., 15008 A Coruña.

-Denominación: L.A.T. 66 kV Parque Eólico Serra de Outes, subestación Mazaricos.

-Situación: Mazaricos.

-Características técnicas: línea eléctrica aérea de alta tensión, a 66 kV, sobre torres metálicas de celosía, prevista para doble circuito inicialmente se tenderá a un solo circuito, con conductor LA-280, de 9.805 m

de longitud, con origen en el pórtico de la subestación del Parque Eólico de Serra de Outes hasta el apoyo nº 35, seguido del tramo subterráneo de 190 m de longitud, con conductor RHZ1 36/66 kV de 3(1x360) mm Al y final en el módulo de entrada subestación de Mazaricos, acompañado en todo el recorrido por cable OPGW 16F de 16 pares para cable de tierra y telecomunicaciones, discurriendo por el ayuntamiento de Mazaricos.

El expediente se sometió a los trámites ordenados por la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE nº 285), del sector eléctrico, y en el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE nº 310), sobre autorización de instalación de energía eléctrica.

En la fase de información pública se presentaron las siguientes alegaciones:

El propietario de la finca nº 222, Antonio Tuñas Rodríguez, alega que no está de acuerdo con las afecciones notificadas ni con el paso de la línea por su propiedad, debido a los perjuicios económicos que esto le acarrea.

La propietaria de las fincas nº 198 y 199, María Generosa Caamaño Caamaño, alega que el paso de la línea le ocasiona perjuicios económicos porque le fue concedida una subvención por parte de montes para su replantación y limpieza.

El propietario de la finca nº 259, José Manuel Cambeiro Escalote, el de la finca nº 255, Jesús Fernández Suárez, y el de la finca nº 3, Juan Tizón Presas, alegan que los cultivos de sus fincas no se corresponden con las notificadas.

El propietario de la finca nº 256, Antonio Martínez Cambeiro, alega que los cultivos de su finca no se corresponden con los notificados y que su dirección es lugar de Coiro, nº 9, Mazaricos.

La empresa Energías Ambientales EASA, S.A. manifiesta que toma razón de las alegaciones que se puedan haber producido y que la valoración de los posibles perjuicios económicos no son objeto de esta fase de la tramitación.

La propietaria María Dolores Pereiro Oreiro alega que la finca nº 230 es de su propiedad y no de mano común, como consta en el expediente, aportando escritura notarial de donación.

Energías Ambientales EASA, S.A. manifiesta que toma razón de la alegación y que será oportunamente convocada en el levantamiento de las actas previas a la ocupación para demostrar la titularidad.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y en el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE nº 310), sobre autorización de instalaciones eléctricas, esta delegación provincial

RESUELVE:

Autorizar y declarar de utilidad pública, en concreto, las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en

el proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Innovación, Industria y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

A Coruña, 11 de septiembre de 2003.

Jesús Espada Martínez

Delegado provincial de A Coruña